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Publicado el nuevo plan de la Inspección de Trabajo

Los negocios deben prepararse para un mayor control en los próximos años. El Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027, publicado recientemente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), marca las líneas de actuación de los inspectores en los próximos años, y concentra sus esfuerzos varias actuaciones que podrían afectar a miles de autónomos y pymes.

El Plan Estratégico constituye la guía de actuación de la Inspección de Trabajo con el objetivo de garantizar un alto nivel de calidad en los servicios públicos y proteger los derechos laborales de las personas trabajadoras.

Incluye medidas concretas para combatir el fraude laboral, controlar la jornada y los salarios, prevenir accidentes y promover la igualdad en el trabajo.

Estos son los objetivos principales del Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo 2025-2027:

Control en la contratación laboral

El Plan pone el foco en detectar irregularidades en contratos temporales, fijos discontinuos y extinción de contratos por periodo de prueba:

- Refuerzo de actuaciones inspectoras mediante planes de choque y cruces masivos de datos.

- Nuevas reglas de detección del fraude en la contratación temporal y fijos discontinuos.

- Regularización de relaciones laborales que no cumplan con los requisitos de intermitencia o estacionalidad legal.

- Control de abusos en la extinción de contratos para evitar eludir indemnizaciones y derechos de los trabajadores.

Especial  incidencia en las empresas que recurran de manera reiterada a la extinción de contratos durante el período de prueba. Por ello, se van a imponer sanciones bajo este motivo que pueden alcanzar hasta 1.000 euros por contrato utilizado de forma indebida.  Se vigilarán especialmente estos tres indicios de fraude:

- Extinción de contratos por no superar el período de prueba tras alcanzar su duración máxima. 

- Uso reiterado de la extinción de contratos como práctica habitual. 

- Contratación sucesiva de diferentes personas para el mismo puesto con esta modalidad. 

Garantizar el derecho al descanso y a la limitación de la jornada laboral 

El Plan refuerza el derecho a la conciliación y a la salud laboral controlando irregularidades en la jornada laboral y horas extra con las siguientes medidas:

- Modificación del registro de jornada para garantizar su autenticidad e integridad.

- Nuevas reglas para detectar incumplimientos de tiempo de trabajo y distribución irregular de la jornada.

- Control del derecho a la desconexión digital considerando riesgos psicosociales y vulneración de la intimidad.

Derecho al salario

Se potenciarán actuaciones para asegurar el cumplimiento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y otras obligaciones retributivas:

- Nuevos cruces de datos para controlar salarios en sectores sin convenio y colectivos vulnerables.

- Supervisión de pagos relacionados con el Complemento de Apoyo al Empleo.

- Control del cumplimiento de convenios colectivos y regularización de cotizaciones a la Seguridad Social.

Control de despidos colectivos e individuales

Se vigilará el cumplimiento de la normativa en despidos colectivos y prácticas de despidos individuales de contratos indefinidos para evitar fraudes o irregularidades.

Prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales 

El Plan refuerza la prevención de riesgos laborales en sectores con mayor siniestralidad.

- Investigación exhaustiva de accidentes y muertes en el trabajo.

- Identificación de causas y sensibilización sobre riesgos laborales.

- Planes de acción con agentes sociales y organismos para reducir accidentes graves y mortales.

- Campañas de vigilancia en sectores feminizados o con alta infradeclaración de contingencias profesionales.

- Promoción de la prevención de enfermedades profesionales mediante vigilancia de la salud y protocolos adecuados

Igualdad, inclusión y no discriminación laboral

El Plan también aborda igualdad y prevención de sesgos, especialmente en empresas que utilizan algoritmos para la toma de decisiones:

- Difusión de derechos y competencias de la Inspección en igualdad y no discriminación.

- Acceso fácil a la Inspección para denunciar situaciones discriminatorias.

- Control de sesgos en la inteligencia artificial utilizada en procesos de selección o gestión laboral.

- Campañas específicas de igualdad laboral para personas LGTBI y colectivos vulnerables.

Control de bonificaciones y ayudas al empleo

Se reforzará la supervisión del uso correcto de bonificaciones y ayudas a la Seguridad Social para fomentar la contratación:

- Cruces masivos de datos para detectar bonificaciones indebidas.

- Intercambio de información con el SEPE y las comunidades autónomas.

- Aplicación de sanciones por uso incorrecto de subvenciones y ayudas al empleo.

Falsos autónomos y plataformas digitales

El nuevo Plan Estratégico vuelve a situar en el punto de mira a los falsos autónomos, una figura que, según advirtió la Inspección, sigue siendo utilizada por algunas empresas para abaratar costes laborales y reducir cotizaciones. En este caso, la novedad es el refuerzo del cruce de información entre la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, que permitirá detectar de manera más sistemática aquellos casos en los que la relación laboral encubierta es evidente.

Cotización de autónomos y nuevas obligaciones en la Seguridad Social.

El nuevo Plan Estratégico dedica un apartado específico a los trabajadores autónomos, que estarán bajo una vigilancia más intensa en los próximos años. La Inspección ha anunciado una campaña conjunta con la Tesorería General de la Seguridad Social para comprobar que las cotizaciones se ajustan al sistema de ingresos reales, en vigor desde enero de 2023.

Teletrabajo internacional bajo la lupa.

Una de las principales novedades del Plan Estratégico 2025-2027 es el control del teletrabajo internacional. La Inspección advierte que, aunque aún se trata de algo residual, cada vez más empresas están contratando en el extranjero a profesionales que realizan desde allí las mismas funciones que un trabajador en España, pero con sueldos más bajos y sin cotizar al sistema español.

El documento oficial señala que se reforzará la cooperación entre la Inspección de Trabajo, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria para identificar estas situaciones. El objetivo es determinar si esos trabajadores deben estar incluidos en el sistema de Seguridad Social español y exigir la regularización de las cotizaciones cuando corresponda. Para ello, se elaborará una guía de actuación específica y se formará a los inspectores en esta materia.

Sectores de mayor vigilancia: transporte, construcción y logística

El Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo 2025-2027 identifica a varios sectores donde el riesgo de fraude laboral es más elevado. Entre ellos destacan el transporte, la construcción y la logística, actividades en las que es habitual recurrir a cadenas de subcontratación o a figuras de dudosa legalidad, como las empresas buzón o las falsas cooperativas.

Verifactu: Qué es y cómo afecta a tu facturación

Verifactu es un sistema de facturación electrónica que surge con el objetivo de digitalizar y controlar el proceso de emisión de facturas en tiempo real.

De este modo, la AEAT pretende tener un mayor control sobre las operaciones comerciales, eliminando la posibilidad de que se emitan facturas falsas o duplicadas, reduciendo así el fraude fiscal.

En la práctica, Verifactu obliga a empresas y autónomos a generar y registrar sus facturas en un formato electrónico específico y enviarlas de forma automática a la AEAT en el momento en que se emiten.

Con ello, cada factura emitida recibirá un código único (CIF), lo que garantiza que todas las transacciones estén perfectamente identificadas y controladas por Hacienda.

Además, el sistema funciona como una especie de almacén centralizado de facturas, permitiendo a la AEAT tener acceso directo a la información de todas las facturas emitidas y recibidas por una empresa o negocio.

¿Cuándo entra en vigor?

En abril de 2025 el Consejo de Ministros aprobó una modificación del reglamento de facturación que proporciona más tiempo a autónomos y empresas para cumplir con la Ley Antifraude. 

Así, según el Real Decreto 254/2025 publicado en el BOE, los nuevos plazos para adaptarse a la normativa de la lucha contra el fraude son:

- Productores y comercializadores de software: nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden Ministerial para certificar sus productos.

- Empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades: hasta el 1 de enero de 2026.

- Autónomos y pequeñas empresas: hasta el 1 de julio de 2026.

¿Quiénes deben usar Verifactu?

El uso de Verifactu será obligatorio para todos aquellos contribuyentes que emitan facturas:

- Autónomos.

- Pymes.

- Grandes empresas.

Por tanto, la gran mayoría de negocios o profesionales que realicen operaciones de venta de bienes o servicios estarán obligados a usar este sistema de facturación electrónica.

Aunque el sistema va a afectar a la gran mayoría de autónomos y empresas, es recomendable que permanezcas atento a los anuncios de la AEAT para estar bien informado sobre los detalles de su implementación en función de tu actividad económica.

Cómo implementar Verifactu en tu empresa

- Adquirir un software de facturación compatible: para poder emitir facturas a través de Verifactu, necesitarás un programa de facturación que cumpla con los requisitos establecidos por la AEAT. Muchas plataformas de facturación electrónica ya están adaptando sus sistemas para cumplir con este nuevo marco.

- Capacitación y adaptación interna: tanto si eres autónomo como si tienes una pyme, será necesario que te formes en el uso del nuevo sistema de facturación para asegurarte de realizar correctamente todos los procesos de emisión de facturas.

- Conexión con la AEAT: tu software de facturación debe estar conectado con la plataforma de Verifactu para enviar las facturas de forma automática. Así, no tendrás que preocuparte de hacerlo manualmente.

- Estar al día de la normativa: es importante que estés actualizado sobre la normativa relacionada con Verifactu, y que te asegures de que el sistema que usas cumple con todos los requisitos legales.

¿Qué datos se envían a la AEAT con este sistema?

Verifactu permite que la AEAT reciba una serie de datos de cada factura que emitas. Entre los más importantes se encuentran:

- Fecha de emisión de la factura.

- Número de factura.

- Identificación del emisor y del receptor (NIF o NIE).

- Base imponible, tipo impositivo y cuota de IVA.

Estos datos serán usados por la AEAT para hacer un control riguroso de las operaciones comerciales, evitando fraudes fiscales y facilitando la supervisión en tiempo real de las transacciones económicas.

Sanciones que te pueden caer por no aplicar bien Verifactu

Si no cumples con Verifactu correctamente, ya sea usando software de facturación que no cumple los requisitos legales o emitiendo facturas de forma incorrecta, puedes enfrentarte a sanciones importantes. 

Por ello, para terminar, te vamos a contar cuáles son los principales riesgos que se corren.

1. Multas por usar software no conforme: La legislación exige que los programas de facturación garanticen integridad, trazabilidad, conservación y accesibilidad de los registros. Si tu sistema falla en alguno de estos puntos o no esté homologado, puedes recibir una multa de hasta 50.000 euros por cada ejercicio fiscal.

2. Sanciones específicas para fabricantes o comercializadores: Si eres quien desarrolla o distribuye programas de facturación, y esos programas no respetan los requisitos (por ejemplo, permiten modificar facturas sin dejar huella), la sanción puede ser aún mayor: hasta 150.000 euros por cada tipo de software y por año en el que se comercializa un software con esas deficiencias.

3. Sanciones por no emitir facturas electrónicas cuando corresponde: Si entre empresas (B2B) estás obligado a emitir factura electrónica pero no lo haces, o la factura no incluye todos los datos que exige la normativa, puede haber sanciones adicionales, que en algunos casos llegan a 10.000 euros dependiendo del volumen, la gravedad y si es algo repetido.

4. Requisitos de conservación y alteración de registros: No conservar debidamente las facturas (emitidas o recibidas) durante los plazos legales, o utilizar sistemas que permitan alteraciones sin registro, también puede derivar en sanciones. En algunos casos son fijas, en otros proporcionales al importe afectado.

5. Gravedad, reincidencia y funcionamiento intencionado: Y las multas pueden ser mayores si la infracción es considerada grave, si ha habido intención de fraude, o si se repite la conducta en distintos ejercicios fiscales.  Incluso si no hay perjuicio económico evidente, el mero incumplimiento técnico puede ser sancionable.

Particularidades en Navarra: ¿qué ocurre con Verifactu y la factura electrónica?

Es importante destacar que la situación en Navarra es diferente al resto del territorio español, ya que cuenta con su propia Hacienda Foral y, por tanto, con normativa específica.

En la actualidad, los contribuyentes navarros no están obligados a aplicar el sistema Verifactu ni el sistema Ticket Bai que ya funciona el País Vasco. Navarra todavía no ha implantado un sistema propio de envío inmediato de facturas, aunque se prevé que en los próximos años se desarrolle una solución similar.

Respecto a la factura electrónica promovida por la Ley “Crea y Crece”, tampoco existe obligación en Navarra hasta que se apruebe el reglamento correspondiente a nivel estatal, que continúa pendiente en las Cortes.

Como novedad, el 3 de septiembre de 2025 el Gobierno Foral de Navarra anunció la inclusión del NaTicket dentro de su Plan de Lucha Contra el Fraude 2025-2027. Este futuro sistema buscará remitir de forma inmediata los registros de facturación a la Hacienda Foral de Navarra. Sin embargo, de momento no se han concretado plazos, contribuyentes afectados ni condiciones de aplicación.

Recomendación: aunque hoy en día los obligados tributarios navarros no tienen que adaptarse todavía a Verifactu ni a la factura electrónica, conviene ir siguiendo las novedades y valorar soluciones informáticas de facturación que permitan una transición más sencilla cuando se implante el sistema foral.

La sanción es para la empresa… pero la paga el administrador

Una reciente sentencia del Supremo recuerda que las sanciones de Hacienda no siempre las paga la empresa: los administradores pueden responder personalmente. Creer que la sociedad protege siempre a los administradores es un error. Si hay negligencia en la gestión, el patrimonio personal puede estar en juego. Firmar contratos sin revisar o llevar la contabilidad “a medias” ya no son descuidos menores: Hacienda puede convertirlos en sanciones personales.

Cada año nos encontramos con sentencias que conviene tener muy presentes porque marcan tendencia y recuerdan hasta dónde llega la responsabilidad de los administradores de una sociedad. Una de las más recientes, dictada por el Tribunal Supremo en julio de 2025, ha vuelto a poner el foco en una cuestión clave: cuando Hacienda impone una sanción a la empresa, en determinados casos son los administradores quienes acaban respondiendo personalmente.

El caso versa sobre una sociedad que fue inspeccionada por la Agencia Tributaria por operaciones realizadas en 2007 y 2008. Tras la investigación, Hacienda no solo exigió el pago de las cuotas impagadas, sino que además impuso una sanción cercana a los 100.000 €. La sociedad intentó que los administradores de aquella época asumieran la responsabilidad, y tras un recorrido judicial largo, el Supremo dejó clara la doctrina:

  • Los administradores no responden de las deudas tributarias de la sociedad en sí (porque son obligaciones propias de la empresa).
  • Sí responden, en cambio, de la sanción derivada de una gestión negligente o fraudulenta, como ocurrió en este caso con contrataciones mal planteadas y contabilidad irregular.

En otras palabras, el Tribunal entiende que cuando un administrador incumple los deberes de diligencia y lealtad, y esa conducta desemboca en una sanción, el daño no lo sufre solo la sociedad: también es un perjuicio imputable directamente a su gestión.

¿Qué significa esto para tu empresa?

Significa que ya no basta con pensar que la sociedad actúa como "escudo" frente a Hacienda. La acción social de responsabilidad permite a la propia empresa, e incluso a los socios, reclamar a los administradores el reintegro de las cantidades pagadas en concepto de sanción. Y esas reclamaciones tienen recorrido real en los tribunales.

Este caso debería servir de aviso a muchos administradores:

  • Firmar contratos sin verificar al detalle al proveedor puede pasar factura.
  • Una contabilidad llevada "de cualquier manera" no es un problema menor: puede acabar en sanción personal.
  • La falta de diligencia ya no se mide solo en pérdidas empresariales, sino también en sanciones tributarias.

Estamos a punto de cerrar el ejercicio 2025 y es el momento ideal para hacer un repaso:

  • ¿Se cumplen los deberes de diligencia y lealtad en la gestión?
  • ¿Se ha revisado la contabilidad con criterios de prudencia y transparencia?
  • ¿Existen operaciones con terceros que puedan ser interpretadas como arriesgadas o dudosas?
  • ¿Está documentado que las decisiones de administración se han tomado siguiendo la normativa y buenas prácticas?

Una revisión a tiempo puede evitar que un problema de gestión acabe convertido en una sanción personal.

Hasta el 31 de octubre puede modificar la base de cotización como autónomo

Le recordamos que tiene la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y la cuota a pagar y ajustarla a sus ingresos reales, dentro de los límites permitidos según edad, hasta el 31 de octubre de 2025. Esta modificación tendrá efectos a partir del 1 de noviembre de 2025.

Los autónomos son los únicos que pueden elegir la base por la que cotizar. Esta decisión es muy importante ya que de ella dependen sus prestaciones presentes y su futura pensión. La base de cotización puede modificarse fácilmente y de forma telemática a través del sistema RED. Sin embargo, hay que tener en cuenta los trámites y los periodos para hacer el cambio.

  • Atención. La elección que se haga de la cuota será muy importante, pues éste es el parámetro que marca la cuantía de las prestaciones que va a recibir el autónomo en caso de enfermedad, accidente, paro, maternidad o jubilación.

El sistema de cotización para autónomos se establece en función de sus rendimientos netos. Si eres autónomo y necesitas actualizar tu base de cotización, tendrás que ajustar tu base de cotización al tramo correspondiente por tus nuevos rendimientos. La próxima modificación tiene efectos a partir de 1 de noviembre y la puedes hacer hasta el próximo 31 de octubre.

Cotización basada en los rendimientos obtenidos

Se han diseñado unas tablas de cotización con 15 tramos de rendimientos netos mensuales, que contienen las bases mínimas y máximas que se aplicarán en cada tramo.

A efectos de determinar la base de cotización, se tendrán en cuenta la totalidad de los rendimientos netos obtenidos en el año natural, en el ejercicio de sus distintas actividades profesionales o económicas, con independencia de que las realicen de forma individual o como socios o integrantes de cualquier entidad, con o sin personalidad jurídica, siempre y cuando no deban figurar por ellas en alta como trabajadores por cuenta ajena o asimilados a estos. El rendimiento neto computable de cada una de las actividades ejercidas se calculará de acuerdo con lo previsto a las normas del IRPF y con algunas particularidades en función del colectivo al que pertenezcan.  

¿Cómo calculo mis rendimientos?

Del importe resultante se deducirá un 7 por ciento en concepto de gastos generales, excepto en los casos en que el trabajador autónomo reúna las siguientes características, donde el porcentaje será del 3 por ciento:

  • Administrador de sociedades mercantiles capitalistas cuya participación sea mayor o igual al 25 por ciento.
  • Socio en una sociedad mercantil capitalista con una participación mayor o igual al 33 por ciento.

Para la aplicación del porcentaje indicado del 3 por ciento, bastará con haber figurado noventa días en alta en este régimen especial, durante el periodo a regularizar, en cualquiera de los supuestos citados anteriormente.

Partiendo del promedio mensual de estos rendimientos netos anuales, se seleccionará la base de cotización que determinará la cuota a pagar.

Base cotización para autónomos en 2025

  • La base máxima de cotización aumenta un 4%, pasando de 4.720,50€ a 4.909,50€ mensuales a partir del 1 de enero de 2025.
  • Las bases mínimas de cotización se modificarán según el incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que pasa de 1.134€ a 1.184€ brutos mensuales en 14 pagas.
  • Cotización por pluriactividad: Las personas trabajadoras autónomas que también trabajen por cuenta ajena y superen los 16.672,66 € de cotización anual tendrán derecho al reintegro del 50% del exceso abonado. Este reintegro será de aplicación si la cotización por contingencias comunes supera el límite establecido en el régimen especial de autónomos.  
  • Debe recordarse que desde el 1/1/2019, resulta obligatorio para el autónomo, la cobertura de las contingencias profesionales, la de la prestación por cese de actividad y la de formación, el resultado de todo ello es que los tipos aplicables al autónomo que se mantienen respecto de los del 2024 son los siguientes: se mantiene en 28,30% para contingencias comunes; el 1,30% para las contingencias profesionales; el 0,9% para el cese de actividad; el 0,10% para la formación profesional; y se incrementa, que sí ha sido revisado, un 0,8% el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) con una distribución del 0,67% a cargo de la empresa y el 0,13% a cargo de la persona autónoma.

La base de cotización en este régimen especial será la elegida por el trabajador entre las bases mínima y máxima que le corresponda. A excepción de algunas particularidades, durante el año 2025 la tabla general y la tabla reducida y las bases máximas y mínimas aplicables a los diferentes tramos de rendimientos netos son las siguientes:

Bases mínima y máxima euros/mesDurante el año 2025, la tabla general y la tabla reducida de las bases máximas y mínimas aplicables a los diferentes tramos de rendimientos netos serán las siguientes:Tabla reducidaTramos de rendimientos netos 2025.
Euros/mesBase mínima.
Euros/mesBase máxima.
Euros/mesTramo 1<= 670653,59718,94Tramo 2> 670 y <= 900718,95900Tramo 3> 900 y <1.166,70849,671.166,70
Tabla generalTramos de rendimientos netos 2025.
Euros/mesBase mínima.
Euros/mesBase máxima.
Euros/mesTramo 1>= 1.166,70 y <=1.300950,981.300Tramo 2> 1.300 y <= 1.500960,781.500Tramo 3> 1.500 y <= 1.700960,781.700Tramo 4> 1.700 y <= 1.8501.143,791.850Tramo 5> 1.850 y <= 2.0301.209,152.030Tramo 6> 2.030 y <= 2.3301.274,512.330Tramo 7> 2.330 y <= 2.7601.356,212.760Tramo 8> 2.760 y <= 3.1901.437,913.190Tramo 9> 3.190 y <= 3.6201.519,613.620Tramo 10> 3.620 y <= 4.0501.601,314.050Tramo 11> 4.050 y <= 6.0001.732,034.909,50Tramo 12> 6.0001.928,104.909,50
Tipo Contingencias Comunes28,30 por ciento
Tipo Contingencias Profesionales1,30 por ciento
Tipo Cese de Actividad0,90 por ciento
Tipo Formación Profesional0,10 por ciento
Mecanismo equidad intergeneracional0,8 por ciento sobre la base de cotización por contingencias comunes

¿Qué pasa si elijo una base de cotización que finalmente no se corresponde con mis rendimientos definitivos?

Las bases mensuales elegidas cada año, tendrán un carácter provisional, hasta que se proceda a la regularización anual de la cotización.

Finalizado el año natural, la Administración Tributaria facilitará a la Tesorería información sobre los rendimientos anuales reales percibidos. Si la cuota elegida durante el año resultase inferior a la asociada a los rendimientos comunicados por la Administración tributaria correspondiente, se notificará al trabajador el importe de la diferencia. Este importe deberá ser abonado antes del último día del mes siguiente a aquel en que se haya recibido la notificación con el resultado de la regularización.

Si, por el contrario, la cotización fuera superior a la correspondiente a la base máxima del tramo en el que estén comprendidos los rendimientos, la Tesorería procederá a reintegrar la diferencia antes del 30 de abril del ejercicio siguiente a aquél en el que la correspondiente Administración Tributaria haya comunicado los rendimientos computables.

Si está interesado en modificar la base de cotización, les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.

Comunicación CNAE 2025: ¿Qué debes saber?

¿Eres autónomo o gestionas una empresa? Entonces debes saber que se acerca una fecha clave que puede tener consecuencias administrativas si no actúas a tiempo: el 30 de junio de 2025 finalizó el plazo límite para cumplir con la comunicación del CNAE 2025 a la Seguridad Social. Si no actualizas tu código de actividad económica, podrías estar operando con datos desfasados y asumir riesgos ante la Administración.

La Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025) fue aprobada mediante el Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, como actualización de la CNAE-2009. Aunque fue publicada en el BOE el 16 de enero de 2025, su entrada en vigor operativa será el 1 de enero de 2026. No obstante, la Seguridad Social exige que las empresas y autónomos comuniquen su nuevo código CNAE antes del 30 de junio de 2025. 

Esta nueva clasificación busca reflejar los profundos cambios económicos, tecnológicos y sociales de los últimos años. Desde la digitalización y el auge de las plataformas, hasta el enfoque medioambiental, el CNAE-2025 está diseñado para representar fielmente la realidad productiva de nuestro país. 

Diferencias entre CNAE e IAE

CNAE e IAE son dos términos de uso frecuente cuando se trata de dar de alta una nueva empresa, pero se trata de conceptos distintos. Mientras que la CNAE consiste, como hemos visto, en un sistema de clasificación de actividades empresariales con fines estadísticos, el IAE o Impuesto de Actividades Económicas es un tributo que grava el desarrollo de actividades económicas en España, afectando a aquellas cuyo importe neto de la cifra de negocios sea igual o superior a un millón de euros.

¿Qué cambios refleja el CNAE-2025 respecto al anterior?

La CNAE-2025 incorpora 35 nuevas categorías y reclasifica varias actividades existentes para adaptarse a la realidad económica actual. Estas modificaciones buscan una mayor precisión en la clasificación de actividades económicas, facilitando una mejor recopilación de datos estadísticos y una asignación más eficiente de recursos.

El Real Decreto 10/2025 establece que todas las empresas y autónomos deben comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) su actividad económica según la nueva clasificación CNAE-2025.

¿Cuándo se debe realizar esta comunicación?

- Para aquellos dados de alta antes del 16 de enero de 2025, la fecha límite para esta comunicación es el 30 de junio de 2025.

- Los que se den de alta posteriormente deberán realizar la comunicación en el momento del alta.

Respecto a los Código de Cuenta de Cotización (CCC) afectados, será necesario que se comunique a la TGSS el código CNAE-2025 en la que se clasifique la actividad de la empresa. En cuanto a los CCC cuya actividad CNAE-2009 se corresponda con una única CNAE-2025, no será necesario realizar la comunicación, ya que en estos casos el código de la CNAE-2025 será asignado automáticamente por la TGSS. 

La nueva clasificación revisa profundamente las actividades económicas para adaptarse a la transformación estructural de la economía. Estas son algunas de las modificaciones más relevantes: 

Intermediación digital y plataformas 

- Se crean clases específicas para actividades de intermediación tecnológica, que antes se agrupaban genéricamente.

- Se identifican nuevos modelos de negocio como marketplaces, agregadores y brokers digitales.

Industria manufacturera 

- Nuevas clases para procesos de acabado de productos.

- La fabricación de componentes y del producto final ahora se agrupan en una sola clase.

- Se incluyen códigos específicos para vehículos, aeronaves y barcos de uso militar.

Comercio 

- Desaparece la división 45 (venta y reparación de vehículos), redistribuyéndose entre las divisiones 46, 47 y 95.

- El comercio electrónico deja de clasificarse según el canal de venta (presencial, online, mercadillo, etc.), priorizando el tipo de producto o servicio.

Energía y medioambiente 

- Grupo 35 (suministro energético) se redefine para diferenciar claramente entre energías renovables y no renovables.

- División 38 (tratamiento de residuos) reorganizada para reflejar los procesos de valorización medioambiental.

Transporte y telecomunicaciones 

- Transporte terrestre de pasajeros se divide en nuevas clases con mayor precisión.

- La sección J (Información y comunicaciones) ahora se desglosa en: 

  * J: Edición, producción y distribución de contenidos.

  * K: Telecomunicaciones, programación informática y consultoría.

¿Cuáles son los pasos a seguir si hay que comunicar el nuevo código CNAE-2025?

- Revisar la nueva clasificación. Consultar la CNAE-2025 para identificar el código que mejor se ajuste a la actividad desarrollada.

- Acceder al Sistema RED. Utilizar el sistema de la Seguridad Social para realizar la comunicación de forma telemática, entre marzo y el 30 de junio de 2025. 

- Actualizar datos. Asegurarse de que toda la información proporcionada esté actualizada y sea precisa.

Asesoría Coca - Asesoría Empresarial Madrid
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