Author - Grupo Coca Asesores

Alerta de fraude en Bizum: Conozca las estafas más comunes y cómo protegerse

Los ciberdelincuentes han encontrado nuevas formas de aprovecharse de la confianza en las transacciones digitales, como Bizum; infórmese sobre sus métodos y tome las precauciones necesarias para evitar ser su próxima víctima.

Desde su lanzamiento en 2016, Bizum ha revolucionado los pagos móviles en España, Su funcionamiento es seguro y rápido, pero, lamentablemente, también ha sido objeto de aprovechamiento por parte de ciberdelincuentes. El Banco de España nos da unas pautas o claves sobre este tipo de fraude.

Principales modalidades de fraude con Bizum

  1. El falso comprador: Un interesado en un artículo de segunda mano solicita tu número de móvil para enviarte una señal, pero, en realidad, utiliza la funcionalidad de "solicitar dinero" en vez de enviarlo. Con la premura, puedes aceptar la solicitud sin darte cuenta del engaño.
  2. El falso vendedor: Ofertas irresistibles a precios muy bajos donde el supuesto vendedor pide un adelanto por Bizum. Tras el pago, el producto nunca llega, y el estafador desaparece con tu dinero.
  3. Falsas prestaciones o ERTEs: Mediante SMS o llamadas (vishing), los estafadores se hacen pasar por organismos públicos, indicando que recibirás una prestación por Bizum. En realidad, se trata de una solicitud de dinero.

Atención. Las instituciones oficiales no utilizan Bizum para estos trámites ni te pedirán datos personales.

¿Cómo protegerse?

  • Antes de confirmar un pago, verifica el número de teléfono y asegúrate de que conoces a la persona o entidad a la que estás enviando dinero.
  • Desconfía de ofertas demasiado buenas y de comunicaciones urgentes solicitando pagos.
  • En caso de sospecha de fraude, denuncia inmediatamente a las autoridades y comunícalo a tu banco.

El conocimiento y el sentido común son sus mejores aliados para evitar ser víctima de estos fraudes. ¡Mantente alerta y protege tus transacciones!

Identificación para realizar operaciones con otros empresarios dentro de la UE: ROI, VIES, NIF-IVA y NVAT

De cara al IVA, es importante conocer los requisitos esenciales para operar con otros empresarios dentro de la Unión Europea (UE), como la obtención del NIF-IVA, la inscripción en el ROI, y la validación de números de IVA a través del VIES, entre otros aspectos fundamentales.

Como parte de nuestros servicios de asesoría fiscal, queremos informarle sobre los requisitos esenciales para operar con otros empresarios dentro de la Unión Europea (UE) a efectos del IVA. A continuación les informamos de manera resumida de estos requisitos, como la obtención del NIF-IVA, la inscripción en el ROI, y la validación de números de IVA a través del VIES, entre otros aspectos fundamentales.

Requisitos para operar en la UE: ROI, VIES, NIF-IVA y NVAT

  1. Obligación de obtener el NIF-IVA: Si su empresa está establecida en el territorio de aplicación del IVA español (península y Baleares) y va a realizar cualquiera de las siguientes operaciones, deberá darse de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) mediante el modelo 036:
  • Entregas intracomunitarias de bienes.
  • Adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al impuesto.
  • Servicios recibidos de empresarios o profesionales no establecidos en España.
  • Prestación de servicios realizados en otro Estado miembro.
  1. Localización de operaciones y herramientas del IVA: Puede verificar si está obligado a disponer de NIF-IVA para una operación específica utilizando las herramientas "Localizador de prestación de servicios" y "Localizador de entregas de bienes" disponibles en la web de la Agencia Tributaria.
  2. Procedimiento para la solicitud de alta en el ROI:
  • Complete la declaración censal de alta o modificación, modelo 036.
  • Marque la casilla 582 para solicitar el alta en el ROI.
  • Indique la fecha prevista para la primera operación en la casilla 584.

Atención. Si la Agencia Tributaria no responde en un plazo de tres meses, se considerará denegada la solicitud del NIF-IVA.

  1. Identificación en otros estados miembros: Para identificarse en otro Estado miembro, consulte el documento "Vademecum on VAT obligations" en la página web de la Comisión Europea.
  2. Validación del NIF-IVA a través del VIES: Verifique la validez del NIF-IVA de un cliente o proveedor de otro Estado miembro utilizando el sistema VIES. Necesitará un certificado electrónico de identificación o DNI electrónico para acceder.
  3. Condiciones de exención para entregas intracomunitarias: La exención de una entrega intracomunitaria se aplicará si el cliente ha comunicado un NIF-IVA válido de otro Estado miembro y el proveedor informa la operación en el modelo 349. De lo contrario, la entrega estará sujeta al IVA español.
  4. Régimen de franquicia en otros países comunitarios: Si un proveedor de otro país comunitario aplica el régimen de franquicia, no tendrá un NIF-IVA, y sus ventas estarán exentas del IVA. El empresario adquirente español no deberá liquidar la operación como adquisición intracomunitaria en España.

¿Cómo se declara fiscalmente el Kit Digital?

Si como empresario o autónomo ha solicitado una de las subvenciones del programa ‘Kit Digital’, es importante que conozca cómo afecta a su tributación.

Como ya sabrá, el Kit Digital es una subvención dirigida a autónomos y empresas de hasta 250 trabajadores para implementar soluciones digitales (como presencia en internet, ciberseguridad, e-commerce, entre otros). La cuantía de la subvención depende del tamaño de la empresa y el número de trabajadores, oscilando entre 3.000 y 29.000 euros.

El bono digital puede utilizarse para diferentes soluciones digitales, con un importe máximo subvencionable que varía según el tipo de empresa y solución (entre 1.000 y 29.000 euros).

Las soluciones deben contratarse con proveedores autorizados ("agentes digitalizadores"). La subvención cubre el importe correspondiente, excepto el IVA, que deberá abonar su empresa.

Para más información y solicitud de la subvención, acceda al portal Acelera Pyme.

Tributación de la subvención

Imputación según la finalidad de la subvención

  • Subvención corriente: Si la ayuda se destina a cubrir gastos del ejercicio, se imputa como un mayor ingreso en el ejercicio en el que se notifique su concesión.
  • Subvención de capital: Cuando la subvención se vincula a la adquisición de un bien patrimonial, su imputación se realiza a medida que se amortice el bien adquirido.

Tratamiento fiscal del inmovilizado

  • La subvención destinada a adquirir inmovilizados (tangibles o intangibles) deberá imputarse conforme se amortice el bien.

Ejemplo práctico: Si adquiere un software con la ayuda del Kit Digital:

  • Registre el software como una "Aplicación Informática" y contabilícelo como una subvención de capital.
  • Al final de cada ejercicio, aplique la amortización correspondiente (si aplica el coeficiente máximo, el 33% del valor de la solución) y declare un ingreso proporcional.

Régimen de estimación directa simplificada para autónomos

Para autónomos bajo el régimen de estimación directa simplificada en el IRPF, el coeficiente máximo de amortización para aplicaciones informáticas es del 26% anual. Por lo tanto, si la subvención se destina a un inmovilizado, el ingreso debe declararse conforme se amortice el bien, no en el ejercicio en que se reciba la ayuda.

Convenios Colectivos – Agosto

España

• Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de aprobación de las tablas salariales definitivas para el año 2024 del Convenio colectivo para las industrias de turrones y mazapanes. 03/07/2024

• Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de interpretación del VII Convenio colectivo general del sector de la construcción. 03/07/2024

• Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la aprobación de las tablas salariales para el año 2024 y la modificación parcial del Convenio colectivo estatal de mantenimiento y conservación de instalaciones acuáticas. 03/07/2024

• Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado. 03/07/2024

• Resolución de 1 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 7 de junio de 2024, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector de prensa diaria. 04/07/2024

• Resolución de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo del balonmano profesional. 09/07/2024

• Resolución de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial del III Convenio colectivo estatal regulador de las relaciones laborales entre los productores de obras audiovisuales y los actores que prestan servicios en las mismas. 09/07/2024

• Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de revisión salarial para 2024 del VII Convenio colectivo estatal para la acuicultura. 12/07/2024

• Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo en materia salarial por el que se fijan las condiciones salariales del personal de centros infantiles de gestión indirecta en Cataluña del XII Convenio colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil. 12/07/2024

• Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2023 del Convenio colectivo estatal de la industria metalgráfica y de fabricación de envases metálicos. 17/07/2024

• Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para los establecimientos financieros de crédito. 17/07/2024

• Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de modificación del VII Convenio colectivo de industrias de ferralla.

Comunidad de Madrid

• RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Comercio del Metal, suscrita por la Comisión de Seguimiento del convenio (código número 28000745011982). 16/07/2024

Convocatoria de Subvenciones (Del 16 de julio al 15 de agosto)

España

• Compensaciones a los transportes marítimos y aéreos de mercancías con origen o destino en Melilla realizados en 2023. Boletin: Boletín Oficial del Estado del 16/07/2024

• Compensaciones a los transportes marítimos y aéreos de mercancías con origen o destino en Ceuta realizados en 2023. Boletin: Boletín Oficial del Estado del 16/07/2024

• Bases de subvenciones de ENAIRE destinadas al desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad. Boletin: Boletín Oficial del Estado del 16/07/2024

• Subvenciones para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, 2024. Boletin: Diario Oficial de Cataluña del 16/07/2024

• Modificación de bases de subvenciones del Programa Generación Digital Pymes: personas de equipos directivos y cualificación de personas empleadas en Pymes. 19/07/2024

• Programa de bonos de conectividad «UNICO Demanda Bono PYME». 23/07/2024

Comunidad de Madrid

• Modificación de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III. 29/07/2024

• Fomento de la actividad comercial en municipios con población inferior a 1.000 habitantes. 31/07/2024

• Ayudas a la traducción de libros correspondientes al año 2024. 12/08/2024

• Ayudas para la mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas. 12/08/2024.

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