Fondo FAIIP: Financiación estatal para impulsar tu proyecto industrial

Fondo FAIIP: Financiación estatal para impulsar tu proyecto industrial

El Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP) es un instrumento de financiación para las empresas del sector industrial.

El Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP) está adscrito al Ministerio de Industria y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Industria.

El Fondo se crea con la finalidad de prestar apoyo financiero para promover inversiones de carácter industrial que contribuyan a favorecer el desarrollo industrial, reforzar la competitividad industrial y mantener las capacidades industriales del territorio.

A continuación te explicamos en qué consiste el FAIIP, qué tipo de proyectos financia, cuáles son sus requisitos y por qué es clave contar con un asesoramiento especializado para acceder con éxito a este tipo de financiación.

¿Qué es el FAIIP?

El FAIIP es una línea de financiación estatal cuyo objetivo es reforzar la competitividad industrial en España, apoyando inversiones industriales productivas y contribuyendo al mantenimiento y creación de empleo.

A través del FAIIP puedes acceder a préstamos en condiciones más ventajosas y adaptadas a la tipología del proyecto.

¿Qué empresas pueden beneficiarse?

– Sociedades mercantiles o cooperativas cualquiera que sea su tamaño

– Con domicilio social y actividad industrial o de servicios industriales en España

– Que no pertenezcan al sector público

– Que no se encuentren en situación de crisis económica

– Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

– Que aporten al menos el 25 % del presupuesto financiable con fondos propios

¿Qué proyectos son financiables?

El FAIIP está diseñado para los siguientes tipos de proyecto:

– Creación de establecimientos industriales, financiando el inicio de nuevas actividades industriales productivas.

– Traslado de establecimientos industriales, financiando las actuaciones orientadas al cambio de localización hacia cualquier punto del territorio nacional.

– Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción y procesos, financiando actuaciones que permitan la modernización de líneas de producción y proceso existentes.

– Industria conectada 4.0 y sostenibilidad ambiental, apoyando proyectos que promuevan la transformación digital, el desarrollo tecnológico y la innovación de procesos para impulsar la competitividad del sector industrial.

En cualquier caso, los proyectos deben desarrollarse dentro del territorio nacional.

¿Qué partidas son financiables?

Activos materiales

– Obra civil y urbanización: Inversiones de urbanización y canalizaciones.

– Construcción, ampliación o adecuación de naves industriales.

– Aparatos y equipos de producción directamente vinculados al proceso productivo.

Activos intangibles

– Software específico vinculado a producción.

– Patentes, licencias y activos industriales.

– I+D vinculada directamente a los equipos productivos.

Gastos adicionales

– Personal propio y colaboraciones externas para el diseño o rediseño de procesos productivos.

– Gastos de auditoría asociados al proyecto.

¿Cuáles son las condiciones?

El FAIIP permite financiar proyectos con los siguientes requisitos y límites:

– Importe mínimo: 200.000 €

– Importe máximo: hasta 60 millones de euros por operación.

– Financiación máxima: hasta el 75 % del presupuesto financiable.

– Fondos propios: al menos un 25% del presupuesto financiable.

– Plazo máximo de hasta 10 años, con posibilidad de carencia.

– Coste a precio de mercado.

– Compatibilidad con otras ayudas públicas.

El FAIIP es un instrumento que exige una estructura financiera sólida, una correcta acreditación de fondos propios y una justificación documental rigurosa durante toda la vida del proyecto.

Requisitos.

Se entenderá que el solicitante desarrolla o va a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales si el proyecto para el que solicita financiación se encuadra en alguna de las siguientes actividades:

– Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.

– Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla), según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

– Actividades complementarias a la producción industrial. Se entenderá que se trata de actividades complementarias a la producción industrial, si se llevan a cabo mayoritariamente como servicios de apoyo a empresas manufactureras (incluidas en las CNAE 10 a 32) en sus procesos de producción industrial.

– Actividades de servicios a la industria:

– Diseño industrial: actividades de ingeniería y diseño de maquinaria, materiales, procesos y plantas industriales, encuadradas en las CNAE 71.12

– Ensayos y análisis técnicos encuadrados en la CNAE 71.20, siempre y sólo cuando se proporcionen dichos servicios mayoritariamente a la industria manufacturera.

Plazo de presentación 

Convocatoria abierta hasta agotamiento de los recursos disponibles para inversión. Las solicitudes de financiación serán gestionadas por orden cronológico

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

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