¿Cuál es la edad de jubilación en 2022?

¿Cuál es la edad de jubilación en 2022?

Este próximo año, la edad ordinaria se fija en 66 años y 2 meses para aquellos que hayan cotizado menos de 37 años y 6 meses, y 65 años para los que alcancen o superen dicho período de cotización.

Como ya sabrá, la edad de jubilación aumenta cada año de forma gradual. En 2022 dicha edad se fija en 66 años y 2 meses para aquellos que hayan cotizado menos de 37 años y 6 meses, y 65 años para los que alcancen o superen dicho período de cotización

No obstante, no sólo se incrementa la edad ordinaria de acceso a la jubilación sino también los años a tener en cuenta a efectos de cálculo de la base reguladora, para situarnos en el año 2022 en 25 años. En cualquier caso, esta cifra puede verse incluso modificada al alza, como consecuencia del segundo bloque de medidas de la conocida “Reforma Escrivá”, que se prevé tener aprobado a finales del 2022, aunque, dados los temas que se pretende recoja (aumento topes cotización, incremento años cálculo base reguladora pensión jubilación, cotización autónomos según ingresos reales, etc.), será más difícil alcanzar un consenso con patronal y sindicatos. No se conoce todavía hasta qué años se considerarán a efectos de cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación, si bien se filtró un documento-borrador del Gobierno donde se contemplaba situar la cifra en 35 años, lo que implicaría tener en cuenta una vida laboral muy amplia (con incluso lagunas de cotización) y probablemente unas bases de cotización (las primeras) más bajas y, por ende, poco favorables para el cálculo de la pensión.

Edad a la que podrán acceder los autónomos a la jubilación anticipada en 2022

Respecto a la jubilación anticipada voluntaria, y con la primera batería de la Reforma Escrivá, a partir de 2022 se modifican los coeficientes reductores de la jubilación anticipada en aras a acercar la edad real de jubilación a la legal. Tales coeficientes serán mensuales (no trimestrales) y la jubilación sólo se podrá avanzar un máximo de 24 meses a la edad legal, salvo casos de jubilación anticipada involuntaria, en los que se podrá acceder hasta 4 años antes de la edad ordinaria.

Cuanto más anticipe el autónomo su jubilación, mayores serán los coeficientes reductores que bajarán de por vida su prestación. Sin embargo, todavía no está claro cuáles serán estos porcentajes en 2022. El Gobierno aprobó una reforma de las penalizaciones que todavía tiene que pasar por el Parlamento.

Por lo que, en 2022, podrían darse dos casos: que el Parlamento termine aprobando el cambio de coeficientes reductores o que sigan los actuales.  

En el caso de que se mantuvieran los desincentivos como hasta ahora, éstos serían los porcentajes de reducción sobre la pensión del autónomo: 

  • El primer tramo corresponde a aquellos que tengan 38 años y seis meses cotizados, o menos, en el momento de la solicitud. A estos, se les aplicará una reducción del 8% por año o un 2 % por cada trimestre que soliciten la pensión antes de tiempo. 
  • El segundo tramo corresponde a aquellos que tengan una cotización de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses en el momento de la solicitud. A estos, se les aplicará un  coeficiente reductor de 7.5%  por año anticipado y 1,87% por cada trimestre.   
  • El tercer tramo corresponde a aquellos autónomos cuya cotización supera los 41 años y seis meses y es inferior a los 44 años y seis meses en el momento de la solicitud. En este caso, se les aplicará un coeficiente reductor del 7% a su pensión por cada año anticipado (y 1.75% por cada trimestre).  
  • El cuarto tramo corresponde a los autónomos que hayan cotizado 44 años y seis meses o más. Para ellos, el coeficiente reductor será de un 6.5% sobre su prestación por cada año anticipado (1.675% por cada trimestre). 

Otra opción sería que, a partir de enero, finalmente, saliera adelante la reforma para las nuevas penalizaciones, en cuyo caso los autónomos deberían tener en cuenta que se penalizará mucho más que en el actual modelo la jubilación anticipada hasta el mes 22 anterior a la edad legal. Es decir que, una vez cumplidos los 64 años y dos meses necesarios para acceder a la jubilación anticipada, quizás sería recomendable esperar tres meses más, ya que los cambios de coeficientes son muy grandes en poco tiempo. 

A continuación, y a modo de ejemplo, se expone un cuadro en el que aparecen los nuevos coeficientes que se podrían implantar desde 2022. Estos porcentajes -que son los más altos- serían aplicables tan sólo a los trabajadores con menos de 38 años y seis meses cotizados.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Grupo Coca Asesores-Abogados es una asesoría ubicada en Madrid que atiende a clientes tanto en España como en el Extranjero. Solicite su presupuesto sin compromiso.

Dado que las noticias publicadas se pueden visualizar independientemente de su vigencia, todo ello con el fin de poder revisar la información de interés de cualquier año que estuvieran en vigor, les informamos que el contenido de las noticias que visualice pudiera estar derogado, carecer de vigencia y de validez actualmente, con mayor probabilidad en el caso que este leyendo una noticia cuya fecha de publicación, que figura en la parte superior izquierda de la noticia, sea antigua.

© COCA ASESORES- RAMIREZ DE COCA Y ASOCIADOS,S.L. no se hace responsable de las pérdidas ocasionadas a las personas naturales o jurídicas que actúen o dejen de actuar como resultado de alguna información contenida en esta circular.

Compartir