COVID-19: Prestación extraordinaria por cese de actividad de Autónomos

COVID-19: Prestación extraordinaria por cese de actividad de Autónomos

COVID-19: Prestación extraordinaria por cese de actividad de Autónomos

La prestación por Cese de Actividad para Trabajadores Autónomos es una de las medidas que ha aprobado el gobierno para hacer frente al impacto económico del coronavirus.

Está dirigida a los autónomos que han reducido o incluso paralizado su actividad como consecuencia de la expansión del COVID-19 y de la declaración del estado de alarma.

Tendrán derecho a esta ayuda los autónomos que hayan visto suspendidas sus actividades o reducidos sus ingresos en, al menos, el 75% con respecto al semestre anterior.

Para cobrarla no es necesario darse de baja en Hacienda y la Seguridad Social, ni seguir pagando la cuota de autónomos.


¿Quién puede solicitar esta prestación extraordinaria?


– Cualquier trabajador autónomo: persona física, socio de sociedad, administradores, socio de cooperativa, socio de comunidad de bienes, autónomo colaborador…

– Cuya actividad haya quedado suspendida desde el 14 de marzo debido a la declaración del estado de alarma.

– O si su facturación de marzo se reduce en, al menos, un 75% respecto al promedio de facturación del semestre anterior. Si no lleva de alta los 6 meses naturales exigidos, la valoración se realizará teniendo en cuenta el período de actividad que lleve dado de alta.


Importe de la prestación por cese de actividad COVID-19

La prestación a percibir será el 70% de la base reguladora. La base reguladora es el promedio de la base de cotización de los 12 meses anteriores.

Para los autónomos que hayan cotizado menos de 1 año, la base reguladora será la base mínima de cotización del colectivo al que pertenezca el trabajador.

El autónomo que cumpla los requisitos tendrá derecho a percibir la prestación con efectos desde el 14 de marzo de 2020. Ese día entró en vigor el RD 463/2020 que declaró el estado de alarma.


¿Durante cuánto tiempo se puede percibir?

Al ser una prestación de carácter extraordinario, se percibirá durante 1 mes. Si el estado de alarma se prolonga más de 1 mes (más del 13 de abril de 2020), su duración se ampliará hasta el último día del mes en que finalice esta situación de alarma.


Requisitos necesarios para acceder a la prestación


1. Debes estar afiliado y en alta en el régimen de autónomos o, en su caso, en el de los trabajadores del mar en la fecha de la declaración del estado de alarma (14/03/2020).

2. Si tu actividad no se ha suspendido por la declaración del estado de alarma, debes acreditar la reducción de tu facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación por cese de actividad COVID-19 al menos en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.

3. Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. Este es un requisito exigido para recibir cualquier prestación. Si no lo estás, permiten que regularices tu situación en 30 días. Cuando pagues, podrás acceder a esta prestación.

No es necesario cumplir un período mínimo de cotización. Sólo debes estar de alta en este régimen especial y al corriente del pago de las cuotas de autónomos.


¿Hay que darse de baja en Hacienda y en la Seguridad Social?

No.Los autónomos que deban justificar la reducción en, al menos, el 75% de sus ingresos deberán seguir de alta en su actividad económica en Hacienda y en la Seguridad Social para tener derecho a esta prestación extraordinaria.

Para aquellos cuya actividad se ha visto suspendida por la declaración del estado de alarma, no es obligatorio mantenerse de alta. Lo único que se exige es estar de alta a fecha de 14/03/2020.


¿Hay que cotizar mientras se percibe la prestación por cese de actividad?

No. Durante el tiempo de percepción de la prestación no existe obligación de cotizar por parte del autónomo, aunque este período se considerará como cotizado.

Para el cálculo de la cuota de autónomos a pagar cada mes se excluirán los días de ese período de liquidación en los que se tenga derecho a percibir la prestación extraordinaria.

Como las mutuas concederán la prestación con carácter retroactivo (desde el 14 de marzo), la Seguridad Social seguirá pasando la cuota normalmente. Una vez que la mutua le comunique que ha concedido la prestación, regularizará las cotizaciones, de oficio, con las consiguientes devoluciones de cuotas.


¿Hay que renunciar a las bonificaciones?

No. El decreto señala que el tiempo que se perciba esta prestación excepcional computará como efectivamente cotizado. Por eso, podrán solicitarla los autónomos que estén recibiendo estas ayudas y no perderán las bonificaciones condicionadas al mantenimiento de la actividad, como es el caso de la tarifa plana.


¿Desde cuándo se puede solicitar esta prestación extraordinaria?

– Autónomos obligados a cerrar por la declaración del estado de alarma: desde la entrada en vigor del decreto.

– Los que tienen que presentar documentación acreditativa de la caída de la facturación mensual, desde el momento en que puedan presentar esta documentación.


¿Cómo se solicita?

La gestión de esta prestación corresponde a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Debes solicitarla en la mutua con la que tengas cubierta la protección por contingencias profesionales. Si no recuerdas tu mutua, puedes consultarla en el documento de alta de autónomos.


AYUDAS DE LAS ADMINISTRACIONES AUTONOMICAS

Andalucía

La Junta de Andalucía destinará 600 millones de euros a líneas de crédito y avales para pymes y autónomos. Además, la administración autonómica avalará el 100% de los préstamos a las pymes, elevando a la totalidad el 80% al que se ha comprometido el Gobierno de Pedro Sánchez.

Por otra parte, el Gobierno andaluz garantiza el pago a las empresas que presten servicio a la administración, ya que no se suspenderán los pagos a proveedores. Esta medida incluye a compañías que presten servicios de limpieza, vigilancia o seguridad.

Asturias

Asturias compensará con una ayuda de hasta 400 euros mensuales a aquellos autónomos que tengan prohibido seguir realizando su actividad por el estado de alarma. De esta forma, la administración pretende compensar los costes fijos de este colectivo.

Además, igual que en Andalucía, el Principado de Asturias ha aplazado los pagos tributarios para autónomos y pymes afectados por el coronavirus. Los pequeños empresarios de la región podrán aplazar sin intereses estos pagos por un plazo de seis meses. Se trata de una medida que amplía la anunciada por el Ministerio de Hacienda.

Baleares y Canarias

En Baleares, el Gobierno autonómico ha anunciado una inyección de 50 millones de euros para dar liquidez a los autónomos y las pequeñas y medianas empresas. Además, la administración se ha comprometido a pedir a los bancos una moratoria en las hipotecas para estos colectivos.

Por su parte, el Gobierno de Canarias ha decidido complementar la prestación por cese de actividad que percibirán los autónomos afectados por el Covid-19. Así, si la prestación anunciada por Seguridad Social era equivalente al 70% de la base reguladora, Canarias complementará el 30% para los autónomos de las islas.

Cantabria

Cantabria pondrá en marcha el “cheque resistencia”, una prestación que podrán solicitar los autónomos y pymes vía telemática con un presupuesto de 10 millones de euros. Para optar a ella, deberán estar dados de alta con anterioridad al 14 de marzo. Dependiendo del número de trabajadores y del cierre de los negocios, la cantidad que cobrarán será variable.

Así, los autónomos y las microempresas con un único trabajador podrán cobrar 150 euros semanales, una cantidad que subirá hasta los 225 si la pyme cuenta con entre dos y cinco empleados. Si la compañía tiene entre seis y nueve trabajadores el empresario cobrará 300 euros semanales.

Castilla – La Mancha y Castilla y León

En Castilla – La Mancha han optado por suspender los programas de empleo y destinar los 10 millones de euros del Plan Autoempleo a establecer una prestación para los autónomos.

El Gobierno de Castilla y León ha puesto sobre la mesa ayudas para los autónomos y pymes que incrementen sus plantillas si el coronavirus les provoca una carga de trabajo adicional. Además, reducirá las cuotas de la Seguridad Social para “consolidar” el trabajo autónomo.

La administración castellano leonesa busca premiar el emprendimiento y por eso, se destinarán ayudas de hasta 5.000 euros para los autónomos que deban cesar su actividad y quieran iniciar un nuevo negocio. El Gobierno facilitará además liquidez a pymes y autónomos con un presupuesto de 20 millones de euros.

Cataluña y Comunidad Valenciana


La Generalitat catalana destinará un presupuesto de 7,5 millones de euros a unas ayudas para los autónomos que puedan demostrar una caída drástica de la facturación a causa del Covid-19. La ayuda podrá ser de hasta 2.000 euros y el Departamento de Trabajo comparará los ingresos de este mes de marzo con el del año pasado, para reconocer o no la prestación.

En la Comunidad Valenciana, las ayudas oscilarán entre los 750 y los 1.500 euros dependiendo si se ha producido un descenso de la facturación o si el autónomo ha tenido que cesar su actividad. Para ello, la Generalitat destinará 57 millones de euros.

Además, igual que otras comunidades autónomas se habilitarán líneas de financiación para este colectivo a tipo cero y con carencia de dos años, avalados por la Sociedad de Garantía Recíproca. Unas líneas que complementan las aprobadas por el Gobierno central.

Extremadura y Galicia

Extremadura ha puesto en marcha una iniciativa a la que se pueden acoger autónomos y trabajadores por cuenta ajena. Se trata de un programa de voluntarios que cuidan a los menores cuyos padres tengan que seguir trabajando durante la crisis sanitaria. Además, los autónomos pueden fraccionar o aplazar los pagos de tributos que se liquida en la administración autonómica.

La Xunta de Galicia también ha aprobado el aplazamiento de los impuestos que los autónomos paguen en la comunidad autónoma. Además, ha lanzado una línea de préstamos de hasta 200.000 euros para los autónomos.

Comunidad de Madrid y Navarra

Los autónomos de la Comunidad de Madrid ya pueden solicitar ayudas de hasta 3.200 euros si adjuntan una justificación de la reducción de ingresos y si se comprometen a estar en el régimen de autónomos durante 12 meses. El Gobierno regional también ha reducido algunos impuestos para los autónomos, como el IBI o el de Actividades Económicas.

Navarra ha suspendido el pago fraccionado del IRPF que deben abonar los autónomos. De la misma forma, el Gobierno foral ha suspendido el pago de deudas fiscales y un aplazamiento de las deudas de pymes y autónomos.

País Vasco


El Gobierno vasco ha anunciado un programa para ayudar a los autónomos en el pago de las cotizaciones y también en los alquileres de los negocios. También, igual que en otras regiones, se pondrán en marcha líneas de crédito y financiación para facilitar la liquidez de las pymes.


La mayoría de los gobiernos autonómicos han optado por flexibilizar la financiación de los autónomos y si no lo han hecho ya, irán informando de las condiciones y los procesos en los próximos días.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

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