Author - Asesoría Coca

Convenios Colectivos – Marzo 2016

España - Establecimientos financieros de crédito. Convenio colectivo marco. BOE 01/03/2016 - Fabricantes de yesos, escayolas, cales y sus prefabricados. Convenio colectivo. BOE 02/03/2016 - Industria metalgráfica y de fabricación de envases metálicos. Sentencia. BOE 03/03/2016 - Industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales. Revisión salarial. BOE 03/03/2016 - Industria fotográfica. Revisión salarial. BOE 15/03/2016 - Industria textil y de la confección. Revisión salarial. BOE 15/03/2016 - Ortopedias y ayudas técnicas. Convenio colectivo. BOE 15/03/2016 - Restauración colectiva. Convenio colectivo. BOE 22/03/2016   Comunidad de Madrid - Actores y actrices. Revisión salarial. BOCM 26/03/2016 - Comercio de recambios-neumáticos y accesorios de automóviles. Prórroga y revisión salarial. BOCM 26/03/2016 - Masas y patatas fritas. Revisión salarial. BOCM 26/03/2016 - Transporte de viajeros por carretera de los servicios discrecionales y turísticos, regulares temporales y regulares de uso especial. Revisión salarial. BOCM 26/03/2016  

Convocatorias de Subvenciones (del 16 de marzo al 15 de abril)

España Ministerio de Educación, Cultura y Deporte - Extracto de la Resolución de 11 de marzo de 2016, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2016 ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto. BOE: 21/03/2016 - Extracto de la Resolución de 17 de marzo de 2016, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan ayudas a la amortización de largometrajes. BOE: 22/03/2016 Ministerio de Industria, Energía y Turismo - Extracto de la Resolución de 15 de marzo de 2016, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se convoca, para el año 2016, la concesión de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior. BOE: 31/03/2016 - Extracto de la Resolución de 22 de febrero de 2016 de la Secretaria General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se convocan subvenciones para el impulso de las redes de business angels, correspondientes al año 2016. BOE: 04/04/2016 Ministerio de Economía y Competitividad - Extracto de la Resolución de 21 de marzo de 2016, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria del año 2016 para la concesión de ayudas EMPLEA, modalidades titulados universitarios y titulados no universitarios con formación profesional de grado superior o equivalente, dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2013-2016. BOE: 02/04/2016 - Extracto de la Resolución de 23 de marzo de 2016, de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria del año 2016 para la concesión de ayudas de la convocatoria Horizonte Pyme, del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. BOE: 08/04/2016 - Resolución de 1 de abril de 2016, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se convocan subvenciones para el envío de datos por las empresas turísticas colaboradoras en las operaciones estadísticas recogidas en el Real Decreto 1658/2012, de 7 de diciembre. BOE: 12/04/2016   Comunidad de Madrid Consejería de Economía, Empleo y Hacienda - Orden de 23 de diciembre de 2015, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convocan ayudas para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales en el ámbito de la Comunidad de Madrid para el año 2016. BOCM: 30/03/2016  

Legislación para empresas (del 16 de marzo al 15 de abril)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas - Orden HAP/347/2016, de 11 de marzo, por la que se eleva a 30.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponda a las Comunidades Autónomas. BOE: 17/03/2016 - Orden HAP/364/2016, de 11 de marzo, por la que se determina, para el año 2016 y siguientes, la fecha de publicación y los correspondientes ficheros y registros del listado comprensivo de los deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 95 bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. BOE: 21/03/2016 - Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2015, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos y se modifica otra normativa tributaria. BOE: 22/03/2016 - Orden HAP/391/2016, de 16 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2832/2015, de 17 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas. BOE: 28/03/2016 - Corrección de errores de la Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo, por la que se aprueba el modelo 282, Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de Estado, derivadas de la aplicación del Derecho de la Unión Europea y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación. BOE: 04/04/2016 - Resolución de 4 de abril de 2016, de la Dirección General de Tributos, en relación con la deducibilidad de los intereses de demora tributarios, en aplicación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. BOE: 06/04/2016 Ministerio de Economía y Competitividad - Resolución de 22 de marzo de 2016, de la Secretaria General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el segundo trimestre natural del año 2016, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros. BOE: 23/03/2016 - Orden ECC/394/2016, de 17 de marzo, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación y pago de la tasa prevista en el artículo 88 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas. BOE: 29/03/2016 Tribunal Constitucional - Pleno. Sentencia 39/2016, de 3 de marzo de 2016. Recurso de amparo 7222-2013. Promovido por doña Mónica Rebeca Liberato Rodriguez en relación con las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y de un Juzgado de lo Social de León en proceso por despido. Supuesta vulneración de los derechos a la intimidad y a la protección de datos: despido basado en las imágenes captadas por una cámara de videovigilancia instalada sin comunicación previa a la trabajadora. Votos particulares. BOE: 08/04/2016   Comunidad de Madrid Consejería de Economía, Empleo y Hacienda - Resolución de 16 de marzo de 2016, de la Dirección General de Formación, por la que se aprueba publicar el modelo de impreso correspondiente a los procedimientos Solicitud de modificación y aportación de documentación complementaria autorizaciones de acuerdos formativos para los contratos para la formación y el aprendizaje. BOCM: 04/04/2016 - Resolución de 18 de marzo de 2016, de la Dirección General de Trabajo, por la que se modifica parcialmente la Resolución de 9 de diciembre de 2015, por la que se declaran las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2016. BOCM: 04/04/2016
rentas inmobiliarias

NUEVA IMPUTACIÓN RENTAS INMOBILIARIAS 2015

Atención, la imputación de rentas inmobiliarias (segundas residencias, inmuebles desocupados…) en la Renta de este año subirá del 1,1% del valor catastral al 2% para muchos contribuyentes Tenga presente que este año 2015 hay una novedad importante en la declaración de la Renta 2015, que afecta a la imputación de rentas inmobiliarias para muchos contribuyentes. Con la normativa actual, el valor catastral de un inmueble se considera que ha sido revisado cuando los valores fijados en el procedimiento de valoración catastral colectiva hayan entrado en vigor en el periodo impositivo o en los 10 periodos impositivos anteriores. Es decir, para la renta 2015 se considera "valor catastral revisado" sólo si se ha revisado con posterioridad al 1 de enero de 2005 y no desde el 1 de enero de 1994 como ocurría en la declaración del año pasado. Esto puede suponer no solo una mayor tributación para algunos contribuyentes, sino también que estén obligados a declarar cuando antes no lo estaban.   De acuerdo con la reforma fiscal de la Ley 26/2014 del IRPF, se ha producido una modificación normativa que entra en vigor a partir del 1 de enero de 2015, de aplicación por tanto para la Renta 2015, por la que se modifica el artículo 85 de la Ley del IRPF que regula la imputación de rentas inmobiliarias:  
  • Con la redacción anterior, el valor catastral de un inmueble se consideraba que había sido revisado cuando los valores fijados en el procedimiento de valoración catastral colectiva hayan entrado en vigor con posterioridad al 1 de enero de 1994.
 
  • Con la redacción actual, el valor catastral de un inmueble se considera que ha sido revisado cuando los valores fijados en el procedimiento de valoración catastral colectiva hayan entrado en vigor en el periodo impositivo o en los 10 periodos impositivos anteriores. Es decir, para la renta 2015 se considera "valor catastral revisado" sólo si se ha revisado con posterioridad al 1 de enero de 2005 y no desde el 1 de enero de 1994.
  Atención: En el IRPF de 2015 muchos más inmuebles producirán una “renta presunta” del 2% de su valor catastral en lugar del 1,1%. En concreto, todos aquellos cuya última revisión del valor catastral haya entrado en vigor a partir de 1994 y hasta 2004.   Los efectos en la declaración de renta son los siguientes:  
  • Si el valor catastral, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, se considera "REVISADO" se aplicará un 1,1% a efectos de calcular la imputación de renta inmobiliaria a consignar en la declaración.
 
  • Si el valor catastral, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, se considera "NO REVISADO" se aplicará un 2% a efectos de calcular la imputación de renta inmobiliaria a consignar en la declaración.
 
  • En consecuencia, a los inmuebles cuya valor catastral se hubiera revisado entre el 1 de enero de 1994 y el 31 de diciembre de 2004 les corresponde aplicar un 2% como porcentaje de imputación de rentas inmobiliarias en lugar de un 1,1%.
  ¿Cómo se calcula la imputación de rentas inmobiliarias?   Con esta imputación de rentas se grava el simple hecho de que los inmuebles “estén a disposición de su propietario”.  
  • Son inmuebles por los que se imputará renta:
 
    • Los inmuebles urbanos.
    • Los inmuebles rústicos con construcciones que no resulten indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales.
 
  • Son inmuebles excluidos de imputación:
 
    • Los afectos a actividades económicas.
    • Los generadores de rendimientos del capital inmobiliario (arrendados).
    • La vivienda habitual.
    • El suelo no edificado.
    • Los inmuebles rústicos, salvo aquellos con construcciones que no resulten indispensables para el desarrollo de las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales.
  • En los inmuebles en construcción, o en aquellos que por razones urbanísticas no son susceptibles de uso, no se imputará renta alguna.
El porcentaje indicado (del 1,1% o del 2%) se aplica sobre la totalidad del valor catastral (no se excluye el valor del suelo).  En caso de que el 31 de diciembre el inmueble aún no tenga valor catastral (o que éste no haya sido notificado a dicha fecha), la imputación es del 1,1%, y ese porcentaje se aplica sobre el 50% del valor de adquisición (o del valor comprobado por Hacienda a efectos de otros impuestos, si es mayor).   Recuerde que si un inmueble está alquilado o afecto a una actividad económica sólo durante una parte del año, la renta imputada debe calcularse de forma proporcional al resto del año.   Ejemplo: El 1 de febrero de 2015, un contribuyente adquiere una segunda vivienda (apartamento) en la Costa del Sol por un importe de 120.000 euros, satisfaciendo el ITP por 7.200 euros, sin que se haya girado hasta la fecha liquidación provisional alguna. A 31 de diciembre de 2015 no sabe el valor catastral del inmueble por no haber sido aún determinado, por lo que deberá imputar una renta en su base imponible de 603,94 euros [(50/100 × 120.000) × 1,10 %] × 334/365 días.   Obligación de declarar   Esto puede suponer no solo una mayor tributación para algunos contribuyentes, sino también que estén obligados a declarar cuando antes no lo estaban. Hay que recordar que no están obligados a declarar los contribuyentes que obtengan rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado con el límite conjunto de 1.000€.   Por tanto, ahora puede ser más fácil que personas con rentas del trabajo inferiores a 22.000 euros (inicialmente no obligadas a declarar), pero propietarias de una segunda residencia, alcancen ese límite.
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Cambio Voluntario Base de Cotización de Autónomos

Les comunicamos que, antes del 1 de mayo, tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según su edad.

 

Si están interesados en modificar la citada base o cuota (con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal), les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.

Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes en 2016):

[vc_table vc_table_theme="classic_blue"][b]Base%20de%20cotizaci%C3%B3n%0A%E2%82%AC%2Fmes,[b]Tipo%20de%20Cotizaci%C3%B3n%0A%20contigencias%20comunes%20%0A%20cobertura%20IT,[b]Cuota%20a%20pagar%0A%E2%82%AC%2Fmes|[c#000000]893%2C1%20-%20m%C3%ADnima%20en%202016%20-,29%2C90%20%25%20*%20,[align-right]267%2C03|963%2C3%20m%C3%ADnima%20para%20trabajadores%20de%2048%20%20o%20m%C3%A1s%20a%2001-01-2016%2C%20salvo%20excepciones,29%2C90%20%25,[align-right]288%2C02|1000,29%2C90%20%25,[align-right]299|1202,29%2C90%20%25,[align-right]359%2C4|1964%2C7%20m%C3%A1xima%20para%20trabajadores%20de%2047%2C%2048%20a%C3%B1os%20o%20m%C3%A1s%2C%20salvo%20excepciones,29%2C90%20%25,[align-right]587%2C44|3642%20-%20m%C3%A1xima%20en%202016%20-,29%2C90%20%25,[align-right]1088%2C95[/vc_table]


 29,90 % = 29,80 % + 0,1 % (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad)

 

Asimismo, les informamos que los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2016, tengan 47 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a 1.945,80 € mensuales no podrán elegir una base superior a 1.964,70 €, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2016.

 

Si se encuentra en este supuesto y desea cambiar la situación, rogamos nos lo indique con la máxima antelación posible.

 

Todas estas modificaciones tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2016.