Author - Asesoría Coca

Comunicaciones y notificaciones de la Agencia Tributaria por medios electrónicos

Ciberseguros para empresas

Los llamados “Ciberseguros” para empresas. ¿Qué son y qué cubren? Cada vez es más frecuente que se produzcan ciberataques que dañan los sistemas informáticos de las empresas. La pérdida de los activos de información, bien por un accidente fortuito (causas naturales, errores humanos,…) o debido a un ataque intencionado es una preocupación creciente para las empresas de todos los tamaños y sectores. Las consecuencias de un incidente pueden afectar a datos comerciales, patentes, finanzas, equipamiento, etc. y a la reputación de las personas o de la marca, en definitiva al negocio. Algunas aseguradoras ya comercializan los llamados “ciberseguros”, que cubren los daños causados por ataques informáticos externos (pérdida de información, sanciones...). Estimado/a cliente/a: Los riesgos del ciberespacio, y la necesidad de cumplir con normativas como la de protección de datos personales, han propiciado la comercialización de los llamados “ciberseguros”. Pero, ¿En qué consisten realmente? ¿Cuáles son sus principales coberturas? Cada vez es más frecuente que se produzcan ciberataques que dañan los sistemas informáticos de las empresas. La pérdida de los activos de información, bien por un accidente fortuito (causas naturales, errores humanos,…) o debido a un ataque intencionado es una preocupación creciente para las empresas de todos los tamaños y sectores. Las consecuencias de un incidente pueden afectar a datos comerciales, patentes, finanzas, equipamiento, etc. y a la reputación de las personas o de la marca, en definitiva al negocio. Por ello, ciudadanos y empresas –sobre todo estas últimas, independientemente de su volumen de negocio– han comenzado a suscribir “ciberpólizas”, definidas como “productos aseguradores cuyo objetivo es proveer protección ante una amplia gama de incidentes derivados de los riesgos en el ciberespacio, el uso de infraestructuras tecnológicas y las actividades desarrolladas en este entorno”. Principales coberturas de los ciberseguros Los ciberseguros vinculan y obligan legalmente a una compañía aseguradora ante la ocurrencia de determinados eventos cibernéticos definidos contractualmente que conlleven pérdidas, pagando una cantidad especificada (reclamación/siniestro) al asegurado. En contraprestación, el tomador del seguro pagará una suma fija (prima) a la compañía aseguradora. Y el contrato firmado por ambas partes incluirá aspectos como los tipos de coberturas, límites, exclusiones, definiciones y, en algunos casos, cómo se procederá a evaluar el nivel del asegurado. Al igual que sucede con otras pólizas de seguros, los ciberseguros contemplan unas garantías básicas y otras opcionales. Y si bien es cierto que cada contrato es diferente en función de los activos, el tamaño de la empresa, el nivel de exposición digital, el volumen de datos a salvaguardar o el nivel de seguridad del tomador. Las coberturas no son sólo legales o económicas, sino que también son técnicas. Estas son algunas:
  • coberturas de Responsabilidad Civil a terceros
  • responsabilidad por pérdida de datos de carácter personal o riesgos de privacidad y por gastos de notificación de vulneraciones de privacidad a los titulares de los datos y a terceros interesados
  • cobertura contra las reclamaciones por la violación de derechos de propiedad intelectual relativos a cualquier tipo de contenidos, incluidos los contenidos generados por un usuario
  • defensa jurídica y asistencia a juicio; gastos de defensa por multas y sanciones de organismos reguladores; cobertura para procedimientos e investigaciones de organismos reguladores
  • protección frente a reclamaciones de terceros por incumplimiento en casos de custodia de datos, difamación en medios corporativos o infección por malware
  • cobertura de pérdida de beneficios
  • cobertura de pérdidas de ingresos netos como resultado de una vulneración de seguridad o de un ataque de denegación de servicio
  • cobertura para los datos alojados en la nube
  • gastos de gestión y comunicación de crisis (a través de consultoras tecnológicas)
  • asistencia técnica y gastos de investigación del siniestro; costes de un posible análisis forense en caso de que sea necesario (fugas de datos, piratería,…)
  • gastos de reparación y restauración de los datos borrados y de los equipos dañados
  • cobertura de delitos cibernéticos: estafas de phishing, suplantación de identidad, hacking telefónico, robo de identidad, fraude electrónico y extorsión cibernética
  • asistencia técnica frente a una intrusión de terceros en los sistemas informáticos del asegurado
  • gastos por errores tecnológicos y omisiones
Además algunas ofrecen servicios extra como:
  • adecuación personalizada a la LOPD
  • medidas de prevención como análisis externo e interno de las redes informáticas del cliente
  • línea de atención telefónica o a través del web
Como siempre que tratamos con aseguradoras debemos leer con detenimiento las pólizas con sus condiciones y exclusiones para no llevarnos sorpresas y comprender cómo tenemos que proceder en caso de que ocurra un incidente.   Fuente: Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE)

¿Qué son las licencias o permisos que puede pedir el trabajador?

Aparte de las vacaciones anuales, los días festivos y los descansos en la jornada semanal y diaria, todos los trabajadores sin excepción tienen derecho a una serie de permisos laborales retribuidos, previo aviso y justificación, de forma que puede ausentarse del trabajo con derecho a remuneración en los siguientes casos:

- En caso de matrimonio: 15 días. - Por el nacimiento de hijo: 2 días (4 días si necesita desplazamiento). - Por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad: 2 días (4 días si necesita desplazamiento). - Por traslado del domicilio habitual: 1 día. - Para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo o el desempeño de la función de jurado: el tiempo indispensable para su realización. A tal efecto debe tenerse en cuenta que si percibe una indemnización por el cumplimiento del deber antes referido, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa. Además, si el cumplimiento del deber antes referido supone la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por ciento de las horas laborables en un periodo de tres meses, la empresa podrá pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia forzosa. - Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente: el tiempo necesario para el adecuado ejercicio de su labor. - Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto: el tiempo indispensable para su realización. - En los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo: el tiempo indispensable para su realización. - Para la lactancia del menor hasta que este cumpla nueve meses: una hora, que podrán dividir en dos fracciones (se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples). A tal efecto debe tenerse en cuenta que este derecho sólo podrá ser ejercitado por uno de los progenitores en caso de ambos trabajen. Además, quien ejerza este derecho podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas, según convenio colectivo o pacto con la empresa. - En el caso de nacimiento de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto: una hora. A tal efecto debe tenerse en cuenta que este derecho sólo podrá ser ejercitado por uno de los progenitores en caso de ambos trabajen. Además, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario. - Por formación vinculada a la actividad de la empresa para los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa: 20 horas anuales acumulables por un periodo de hasta cinco años. - En caso de extinción del contrato por causas objetivas, con el fin de buscar un nuevo empleo: seis horas semanales durante el periodo de preaviso. Estos supuestos son los mínimos establecidos por la ley pero pueden ser ampliados tanto en duración como en número de motivos por el convenio colectivo de aplicación o por pacto entre el trabajador y el empleador. En cualquier caso, estos permisos se podrán solicitar en los términos que se establezcan en los convenios colectivos o en los acuerdos entre la empresa y los representantes de los trabajadores, o conforme al acuerdo entre la empresa y los trabajadores afectados, siendo este último caso el más habitual, siendo fundamental la justificación y el preaviso al empleador. Por último debe advertirse que el empleador no puede negarse a conceder tales permisos siempre que estén justificados, hecho constituyente de infracción grave que puede ser sancionada con multa de 626 a 1.250 euros. No obstante, ante tal negativa, para el trabajador siempre quedará la opción de acudir al trabajo o ausentarse de todos modos y, posteriormente, acudir a la jurisdicción social en los veinte días siguientes para presentar demanda con el fin de ser indemnizado por los daños causados por la falta del permiso o para que se le devuelva la sanción que se le haya impuesto y se le retribuya por los días de ausencia.      
IAE

Todo lo que necesitas saber sobre los albaranes.

Toda persona que trabaje por cuenta propia sabe que debe conservar las facturas durante un periodo mínimo de cuatro años, que es el plazo de prescripción a efectos fiscales (6 a efectos mercantiles). Pero una actividad económica genera más documentos que facturas. Lo normal es que tengamos contratos comerciales con proveedores de bienes o servicios, impresos de liquidación de impuestos, tasas… y también albaranes, más numerosos si nos dedicamos al comercio. Definición de albarán El albarán es un mero documento de entrega que luego se refleja en una factura. En negocios tales como la hostelería o el comercio, suelen agruparse un determinado número de albaranes en una factura recapitulativa de todas esas entregas, realizadas durante el periodo de facturación. Por lo tanto, cabe pensar que, si la información del albarán está contenida en la factura, conservarlo no tiene sentido. Sin embargo, los albaranes sí son necesarios. Requisitos para que un albarán sea válido El contenido del albarán varía en función del país en que se emita, aunque en general debe contener los siguientes datos que demuestran la existencia de la transacción: - Lugar y fecha de emisión del albarán - Código o número del documento. - Datos identificativos del comprador y del vendedor. - Domicilio del comprador y vendedor - Lugar y fecha de entrega. - Firma y sello del receptor de la mercancía. - Cantidad y descripción de los productos. - No es requisito indispensable especificar en el albarán el precio del producto, puesto que la función del albarán no es la de justificar el pago, para ello está la factura, sino la de justificar la entrega del producto o servicio. Tipos de albarán Dependiendo de los datos que refleje, el albarán puede ser: - Albarán valorado: No suele ir acompañado de la factura, esta se hará posteriormente a la entrega del producto. Contiene el número de productos o servicio, el precio individual, descuentos, impuestos e importe total. - Albarán no valorado: va acompañado de la factura y solo contiene datos que afectan a la descripción y cantidad Usar un tipo de albarán u otro dependerá de la información que solicite el cliente o de la política de facturación que tenga el vendedor. Los albaranes y la factura recapitulativa Las facturas de compra se documentan con la información en ellos contenida. Desde el momento en que se hace mención a un albarán en la factura, deberán conservarse ambos documentos debidamente anexados. En la mayoría de la ocasiones, las facturas recapitulativas son un mero resumen de la información que contienen los albaranes, haciendo referencia en ellas a las fechas y números de albaranes que detallan las operaciones realizadas. Pero también se dan casos en que las facturas detallan en un único documento la información de todas y cada una de esas operaciones. En este caso sí es posible deshacerse de los albaranes ya que la información que éstos aportan ya está contenida en la propia factura. Obligación de guardar los albaranes La obligación de guardar los albaranes junto a las facturas, nace en el momento en que en dichas facturas se hace referencia expresa a estos documentos, siendo la factura un mero resumen de ellos pero sin especificar su contenido. Si la propia factura recopila toda la información de las operaciones realizadas durante el periodo tratado, podemos conservar únicamente la factura como justificante y destruir esos albaranes. Hay que tener en cuenta que el albarán no es un documento válido a efectos fiscales si no se acompaña de la factura que lo menciona. No confundamos en la contabilidad ambos documentos. Si recibimos una entrega de mercancías y nos dejan un albarán, debemos asegurarnos de que luego nos envían la factura. El albarán por sí solo no sirve para deducir impuesto alguno.

Convenios Colectivos – Diciembre 2017

España - Cajas y entidades financieras de ahorro. Sentencia. BOE 01/12/2017 - Sector cementero. Acuerdo Estatal. BOE 13/12/2017 - Agencias de viajes. Corrección de errores. BOE 13/12/2017 - Radiodifusión sonora comercial. Convenio colectivo. BOE 13/12/2017 - Empresas de publicidad. Acuerdo.  BOE 16/12/2017 - Harinas panificables y sémolas. Convenio colectivo.  BOE 21/12/2017 - Notarios y personal empleado. Acuerdo.  BOE 29/12/2017 Comunidad de Madrid - Transporte de enfermos y accidentados en ambulancia. Convenio colectivo. BOCM 02/12/2017 - Comercio textil. Convenio colectivo. BOCM 02/12/2017 - Transporte de viajeros por carretera de los servicios discrecionales y turísticos, regulares temporales y regulares de uso especial. Convenio colectivo. BOCM 06/12/2017 - Doblaje y sonorización (rama artística). Convenio colectivo. BOCM 09/12/2017 - Construcción y obras públicas. Acuerdo. BOCM 18/12/2017  

Convocatorias de Subvenciones (del 16 de diciembre 2018 al 15 de enero 2018).

España Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente - Resolución de 11 de diciembre de 2017, por la que se convocan las ayudas para compensar las pérdidas de ingresos derivadas de la aplicación obligatoria de la medida de lucha contra el caracol manzana consistente en no cultivar los campos de arroz infestados con caracol manzana correspondientes a 2017. BOE: 21/12/2017 - Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2017, del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. por la que se convocan subvenciones para la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos dentro del Programa Nacional de Medidas de Ayuda a la Apicultura. BOE: 02/01/2018 - Resolución de 13 de diciembre de 2017, por la que se convocan las ayudas destinadas a la paralización temporal de actividades pesqueras de las embarcaciones de pesca de las modalidades de arrastre y cerco de la flota con puerto base en Cataluña realizadas durante los años 2016 y 2017, y las ayudas para los pescadores de los barcos afectados por esta paralización temporal, de acuerdo con el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca. BOE: 03/01/2018 Ministerio de Economía, Industria y Competitividad - Extracto de la Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 26/12/2017 - Extracto de la Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 26/12/2017 - Extracto de la Resolución de 30 de noviembre de 2017, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. por la que se convoca para 2018 la concesión de ayudas a través del Programa de inversiones de empresas extranjeras en actividades de I+D. BOE: 26/12/2017 - Extracto de la Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 26/12/2017 - Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 29/12/2017 - Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas del sector de Hostelería y Restauración, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 29/12/2017 - Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 29/12/2017 - Extracto de la Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 29/12/2017 - Extracto de la Resolución 18 de diciembre de 2.017, de la Dirección General de la Fundación EOI,F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes de más de dieciocho años y menores de treinta años, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada que puedan iniciar un proyecto emprendedor y generar autoempleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 29/12/2017 - Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas del sector de Hostelería, Restauración y Explotaciones Agrarias e Industrias Agroalimentarias en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 30/12/2017 - Extracto de la Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes de más de dieciocho años y menores de treinta años, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada que puedan iniciar un proyecto emprendedor y generar autoempleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 30/12/2017 - Extracto de la Resolución de 21 de diciembre de 2017 de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. por la que se convoca para 2018 la concesión de ayudas a través del Programa ICEX-Next de apoyo a la internacionalización de la PYME española no exportadora o exportadora no consolidada. BOE: 03/01/2018 - Extracto de la Resolución de 22 de diciembre de 2017 de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. por la que se convocan ayudas dinerarias sin contraprestación a las Asociaciones y Federaciones de exportadores o Entidades similares que tengan reconocida la condición de Entidad Colaboradora de ICEX, para actividades cuya realización este prevista a lo largo del año 2018. BOE: 03/01/2018 - Extracto de la Resolución de 21 de diciembre de 2017 de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. por la que se convoca la concesión de ayudas a través de la Convocatoria de las Becas de Internacionalización Empresarial de ICEX para 2020. BOE: 03/01/2018 - Extracto de la Resolución de 21 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 06/01/2018 - Extracto de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 13/01/2018 - Extracto de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil. BOE: 13/01/2018 Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital - Extracto de la Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Dirección General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se amplía presupuesto de la segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial. BOE: 29/12/2017 - Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2017 del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, O.A. (IRMC) por la que se convocan en 2017 las ayudas destinadas específicamente a cubrir costes excepcionales que se produzcan o se hayan producido a causa del cierre de unidades de producción de carbón incluidas en el Plan de Cierre del Reino de España para la minería de carbón no competitiva. BOE: 30/12/2017 - Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2017, del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, O.A., por la que se convocan las ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras, para el ejercicio 2017. BOE: 30/12/2017 - Extracto de la resolución de 21 de diciembre de 2017 de la Dirección General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía por la que se establece la Segunda Convocatoria del Programa de Ayudas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios existentes (PAREER II). BOE: 03/01/2018 Fundación Instituto Cameral para La Creación y Desarrollo de la Empresa (Fundación Incyde) - Incubadoras de alta tecnología para el fomento de la innovación y la transferencia de la tecnología a las micropymes. BOE: 03/01/2018 - Incubadoras de alta tecnología para el fomento de la innovación y la transferencia de la tecnología a las micropymes. BOE: 13/01/2018

Comunidad de Madrid

Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio - Extracto de la Orden 4273/2017, de 5 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Administracion Local y Ordenación del Territorio, por la que se convocan para el año 2018 las ayudas para la modernización de las estructuras agrarias, cofinanciables por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). BOCM: 08/01/2018 - Extracto de la Orden 4977/2017, de 29 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se convocan para 2018 las ayudas a las micro empresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES) y empresas intermedias para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas, cofinanciadas por Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), al amparo de la Orden 766/2016, de 10 de mayo. BOCM: 15/01/2018