Incentivos a la contratación indefinida de la Comunidad de Madrid.
El pasado 13 de julio de 2018, la Comunidad de Madrid publicó un incremento en las ayudas del Programa de Incentivos a la Contratación Indefinida.
Beneficiarios del programa de incentivos
Los trabajadores autónomos, las empresas y las entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro.
Plazos de solicitud de la subvención
Este programa de ayudas se encuentra abierto de forma continuada desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio actual.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
Cuantía de la subvención
1. Se subvencionará con un importe de 4.000 euros cada contratación indefinida inicial a tiempo completo.
2. Se subvencionará con un importe de 5.500 euros cada contratación indefinida inicial a tiempo completo realizada a personas que pertenezcan a uno de los siguientes colectivos:
– Personas mayores de 45 años.
– Personas trabajadoras retornadas del extranjero a la Comunidad de Madrid.
– Personas desempleadas de larga duración (que acrediten un periodo de inscripción como personas desempleadas demandantes de empleo de, al menos, 360 días)
3. Se subvencionará con un importe de 7.500 euros cada contratación indefinida inicial a tiempo completo realizada a personas desempleadas de larga duración que sean mayores de 45 años, así como cada contratación indefinida inicial a tiempo completo realizada a personas desempleadas de larga duración que acrediten un periodo de inscripción ininterrumpido como personas desempleadas demandantes de empleo de, al menos, 24 meses.
Las cuantías de estas tres subvenciones se incrementarán en 500 euros cuando la persona contratada sea una mujer o pertenezca al colectivo de personas transgénero. Además, se incrementarán en 2.000 euros cuando se trate de la primera contratación realizada por trabajadores autónomos.
4. Se subvencionará con un importe de 3.000 euros cada conversión de contrato formativo o contrato temporal en indefinido a tiempo completo, con una vigencia mínima de seis meses previos a la fecha de conversión.
Requisitos
– En el caso de los incentivos para la contratación indefinida inicial, las personas deberán hallarse inscritas como personas desempleadas demandantes de empleo en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid durante un periodo de, al menos, un mes ininterrumpido inmediatamente anterior a su contratación (salvo en el supuesto de contratación de personas trabajadoras retornadas en el extranjero)
– En el caso de los incentivos para la conversión de contratos temporales y formativos en indefinidos, deberán tener una vigencia mínima de seis meses previos a la fecha de la conversión y cuando las personas contratadas desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid.
– El centro de trabajo en el que preste sus servicios la persona contratada deberá estar ubicado en la Comunidad de Madrid.
– Únicamente podrá subvencionarse un máximo de diez contrataciones por beneficiario en cada ejercicio presupuestario.
– La contratación indefinida deberá suponer un incremento neto del nivel de empleo indefinido de la empresa.
– Tanto el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social como el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud. En todo caso, entre la fecha de alta y la de presentación de la solicitud no deberá transcurrir más de un mes.
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