¿En qué consiste el nuevo sistema de franquicia del IVA?

¿En qué consiste el nuevo sistema de franquicia del IVA?

Ley Crea y Crece, facturación electrónica obligatoria, Ley Antifraude… y el Régimen de IVA Franquiciado. Otro cambio más previsto que entrará en vigor el próximo 2025 para la fiscalidad de autónomos y pymes. En este caso, afecta principalmente a la tributación del IVA de empresarios y profesionales. 

El Régimen de IVA franquiciado es un régimen especial del IVA al que pueden acogerse autónomos y pymes que no superen el límite de facturación de 85.000 euros al año. Se prevé que la nueva medida esté instaurada a inicios de 2025. El principal objetivo de este sistema es reducir las obligaciones fiscales de autónomos y pymes y evitar la doble tributación.

¿Qué autónomos quedarán exentos de abonar el IVA trimestral?

Una vez se produzca su implantación los autónomos que facturen menos de 85.000 euros al año van a quedar eximidos de esta obligación. Habrá que esperar hasta que se publique la normativa.

De momento, Hacienda está trabajando junto con asociaciones de autónomos para transponer la Directiva Europea y aunque España es el único país que todavía no ha implantando la decisión de la UE, parece que la medida no entrará en vigor hasta el próximo año.

¿Qué es el IVA franquiciado?

Bajo este régimen de IVA franquiciado, las empresas que cumplan ciertos criterios pueden quedar exentas de presentar declaraciones trimestrales de IVA y, en algunos casos, también de emitir facturas con IVA.

¿Cuándo podrán los autónomos acogerse al régimen de IVA franquiciado?

En España, aún estamos en el proceso de negociación de las condiciones entre Hacienda y las asociaciones y sindicatos de autónomos. Parece que desde el Gobierno no le están dando mucha prioridad a esta medida.

Sin embargo, los Estados miembros tienen hasta 2025 para implantar el nuevo régimen de IVA franquiciado, por lo que esa es la fecha límite para completar el período de transición en nuestro país.

¿Cómo funciona el régimen de IVA franquiciado?

Bajo este nuevo régimen de IVA, si un autónomo o una pequeña empresa factura menos de 85.000 euros al año no va a tener la obligación de:

    • Presentar declaraciones trimestrales de IVA.

    • Además, no necesitará incluir el IVA en sus facturas.

Ahora bien, los autónomos podrán elegir entre seguir bajo el régimen general del IVA o acogerse al nuevo régimen especial de franquicia de IVA.

Si un autónomo elige la franquicia de IVA no podrá aumentar su volumen de negocio en más del 10%. Si lo supera, ya no podrá beneficiarse de este régimen.

Sin embargo, la UE podría permitir a los Estados miembros establecer un límite máximo del 25% para el crecimiento en el volumen de negocios antes de perder la franquicia.

Cada Estado miembro de la UE tendrá la autoridad para revocar la franquicia de IVA de un autónomo en su territorio nacional en caso de:

    • Incumplimiento de la normativa.

    • Notificación de la intención de abandonar la franquicia.

    • Cese de actividad.

Para ello, cada persona trabajadora contará con un número de identificación único y los autónomos estarán obligados a informar a la Administración si optan por la franquicia de IVA en otro país.

En cualquier caso, habrá que esperar para conocer con detalle cómo será la aplicación del IVA franquiciado en nuestro país.

Además, los Estados miembros podrían tener la capacidad de modificar el límite de facturación de 85.000 euros hacia abajo o ajustarlo según sectores de actividad específicos.

¿Quiénes podrán acogerse al nuevo sistema?

Podrán acogerse al nuevo sistema de IVA, los autónomos y pequeñas empresas que tengan un volumen de facturación inferior a 85.000 euros.

Ventajas e Inconvenietes

Los autónomos que se acojan al nuevo régimen del IVA no van a tener que incluirlo en sus facturas, lo que va a conllevar una simplificación en la declaración y el pago de impuestos para autónomos con ingresos limitados.

Es decir, a través del nuevo régimen del IVA franquiciado se limitarían las obligaciones informativas en cuanto al IVA en una única declaración que tendría que realizarse a principios de año. Hacienda podría pedir dicha declaración a principios de año para controlar los ingresos y gastos de los autónomos con el fin de determinar si continúan reuniendo los requisitos para acogerse a este régimen del IVA.

Ahora bien, no todo son ventajas. Este nuevo régimen impedirá a los autónomos deducir el IVA soportado.

¿Qué  sectores están exentos de abonar el IVA en 2024?

Hacienda ha publicado una lista de sectores que quedan exentos de pagar el IVA este año. A continuación, te detallamos quiénes están exentos de declarar este impuesto:

    • Profesionales del sector educativo: quedan exentos quienes trabajen en centros públicos, privados o impartan clases particulares. Por ejemplo, centros de idiomas, formación profesional, institutos o universidades.

    • Sanitarios: se incluyen a profesionales como  como médicos, farmacéuticos, logopedas o psicólogos. Sin embargo, sí deben tributar aquellos que se dediquen a la investigación, ensayos clínicos, cirugía estética no relacionada con accidentes, pruebas biológicas o análisis de ADN sin fines terapéuticos.

    • Creadores y traductores de obras: aquellos que contribuyan en una obra literaria, teatral o composición musical, siempre que exista una aportación personal a la creación. No obstante, si la obra se entrega a un cliente sí se debería incluir el IVA ya que no se va a considerar una prestación de servicios sino una entrega de bienes.

    • Periodistas, gráficos y fotógrafos. Están exentos quienes colaboren en medios escritos, tanto en Internet como en papel. Sin embargo, quienes trabajen para blogs, redes sociales, radio o televisión sí tendrían que incluir el IVA.

    • Intermediarios financieros: autónomos que medien en operaciones como préstamos o letras de cambio también están exentos de incluir el IVA.

¿Qué pasará si tu facturación se excede de 85.000 euros?

En caso de que durante el ejercicio superes en algún momento los 85.000 euros de facturación (o la cifra que se fije finalmente), entonces sí que deberás realizar las facturas con IVA, pero sólo de las facturas que realices a partir de que hayas superado dicho umbral.

Debes tener en cuenta además que la exención del IVA para quienes facturen menos de 85.000 euros al año no puede ser un motivo para aumentar las bases imponibles en exceso.

Cuando un autónomo elija franquiciar el IVA, no podrá aumentar el volumen de negocio en más de un 10%, si bien los Estados Miembros pueden elevar este porcentaje hasta un 25%. Con esto lo que se busca es no provocar un aumento generalizado de precios.

Estaremos pendientes para ofrecerte la información lo más actualizada posible.

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