Cuota de autónomos 2025

Cuota de autónomos 2025

Si estás pensado en ser autónomo o ya lo eres, has de saber que una de las obligaciones que entraña el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es el pago mensual de la llamada “cuota de autónomos”.

Los trabajadores autónomos han de cotizar desde el primer día en que inicien su actividad.

La liquidación de la cuota se llevará a cabo, generalmente, al término de cada mes en las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, domiciliando el pago en tu entidad financiera o a través de la web de la Seguridad Social.

Hay que destacar que, tanto en el mes de alta como de baja como autónomo, el pago de la cuota derivada será proporcional a los días de alta, sin tener que hacer frente a la totalidad de la mensualidad.

Sin olvidar que, además de con la Seguridad Social, también tienes ciertas obligaciones con Hacienda que son las derivadas de la fiscalidad del autónomo.

El importe de las bases de cotización condiciona las prestaciones que puede recibir un autónomo en situaciones de:

    • Cese de actividad.

    • Baja por enfermedad.

    • Baja por accidente.

    • Jubilación.

Esto obliga a planificar bien la cuota que quieres pagar con vistas a la jubilación porque quizás no te interese pagar siempre la cuota mínima.

De hecho, hasta la entrada en vigor de la cuota por tramos en 2023 era bastante habitual aumentar el importe de la cuota a partir de los 47 años.

Cuota de autónomos en 2025: cotización por ingresos reales

Las cuotas de autónomos varían de nuevo en 2025 al entrar en vigor las bases y cuotas aplicables para este año en el nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales, sistema que se inició en enero de 2023 y se regula en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio.

Estas cuotas vienen definidas por las nuevas bases de cotización de 2025, establecidas en el nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales del autónomo.

Así, una vez transcurridos los dos primeros años con el nuevo sistema, los trabajadores por cuenta propia tendrán que seguir pagando en 2025 la cuota que les corresponda en función del tramo en el que se encuentren ubicados.

Pero, antes de continuar, vamos a recordar cómo funciona el nuevo sistema.

El sistema de cotización de los autónomos en función de sus ingresos reales

Consiste en un modelo progresivo de cuotas que se está desplegando durante 3 años, entre 2023 y 2025, en el que los autónomos con menos ingresos rebajan su cuota, mientras que se incrementa para los que más ganan.

Este sistema establece 15 tramos de cotización en los que cada autónomo tiene que ubicarse en función de su previsión de ingresos.

Mientras que los primeros tramos suponen una rebaja de la cuota con respecto a la base mínima anterior, en los tramos más altos aumenta.

El nuevo sistema establece las siguientes cuotas mensuales:

    • Año 2023: cuota mínima de 230 euros y máxima de 500 euros.

    • Año 2024: cuota mínima de 230,15 euros y máxima de 542,13 euros.

    • Año 2025: cuota mínima de 200 euros y máxima de 590 euros.

Estas cuotas corresponden a la base de cotización mínima dentro de cada tramo, que usamos como marco de referencia.

La cuota de cada autónomo en 2025 se calcula aplicando un tipo de cotización del 31,4 % a la base de cotización que elija de entre la mínima y la máxima dentro de su tramo.

Por tanto, desde enero de 2023 los autónomos se encuentran cotizando a la Seguridad Social en función de sus ingresos reales, seleccionando uno de los 15 tramos de rendimientos netos con su correspondiente cuota mensual.

Y al finalizar cada año, el autónomo tiene que regularizar sus cotizaciones a la Administración.

Es decir, tiene que devolver o reclamar las cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por sus previsiones durante el año.

¿Y si quiero cotizar más que el mínimo?

Algunos autónomos deciden pagar una cuota más alta para tener derecho a mejores pensiones, sobre todo de jubilación, pero también en caso de baja por enfermedad.

La base en determinados meses podrá estar entre la mínima de la tabla reducida y la máxima de la general con independencia de los rendimientos estimados.

Tarifa plana de 80 euros

La tarifa plana para autónomos pasa a ser de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de sus ingresos.

Y en los siguientes 12 meses el autónomo puede seguir pagando los 80 euros de cuota mensual siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo del SMI.

Cambio de tramo cada 2 meses

Se podrá cambiar la base de cotización hasta 6 veces al año (cada 2 meses), en función de la previsión, al alza o a la baja, del comportamiento del negocio.

Regularización de las cuotas de los autónomos

Una de las novedades de 2025 es que, por primera vez, la Seguridad Social va a revisar los ingresos reales declarados.

Este procedimiento se realiza de forma retroactiva, a través de la Declaración de la Renta.

Tras la comprobación, pueden darse tres situaciones:

    • Si el autónomo ha cotizado correctamente, no habrá ajuste.

    • Si ha cotizado de más, recibirá una devolución.

    • Si ha cotizado de menos, tendrá que pagar la diferencia.

Esta es la forma que tiene el sistema de asegurarse que los autónomos paguen exactamente en función de los rendimientos netos reales que han declarado en Hacienda.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

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