Author - Grupo Coca Asesores

RECLAMAR UNA FACTURA IMPAGADA EN EL NOTARIO

¿Sabe que puede reclamar una factura impagada en el notario sin tener que acudir a los tribunales? [frame bgcolor="#eeeeee" version="light"]Con la nueva normativa de reforma notarial, puede reclamar ante notario, sin necesidad de acudir a los tribunales, facturas de cualquier importe (siempre que el deudor no sea un consumidor). El requerimiento de pago debe hacerlo un notario del domicilio del deudor, al que hay que aportar la documentación que acredita la deuda (como  factura, pedido y albarán firmado por su cliente…).[/frame] (más…)

AMPLIADO A 29 AÑOS LA EDAD DE LOS JÓVENES QUE PUEDEN INSCRIBIRSE EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL

Le recordamos que se ha ampliado a 29 años la edad de los jóvenes que pueden inscribirse en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, lo que supone a su empresa poder beneficiarse de una bonificación de hasta el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social. (más…)

RESPONSABILIDAD PENAL PERSONAS JURÍDICAS

Las personas jurídicas (sociedades anónimas o limitadas) pueden ser responsables penalmente de las actuaciones realizadas por sus representantes o empleados, todo esto en virtud de la entrada en vigor del pasado 1 de julio de la reforma de Código Penal según la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, la cual en su artículo 31 bis y siguientes, establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Así mismo la referida reforma ha articulado, mediante el cumplimiento de determinadas obligaciones, la posibilidad de atenuar la responsabilidad o quedar exonerada ésta en su totalidad. (más…)

INCAPACIDAD PERMANENTE REINGRESO EMPRESA

En materia de revisión de la incapacidad existe una doble previsión legislativa: una declaración de incapacidad previsiblemente definitiva, y por ello extintiva de la relación laboral; y una declaración de incapacidad de probable revisión por mejoría y por ello suspensiva de la relación laboral. De acuerdo con la norma, si previsiblemente la situación del trabajador declarado en incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez puede ser objeto de revisión por mejoría, de tal manera que es posible que pueda reincorporarse al trabajo, subsiste la suspensión de la relación laboral, con reserva del puesto de trabajo, durante 2 años a contar desde la fecha de la resolución por la que se declare la incapacidad permanente. (más…)
Asesoría Coca - Asesoría Empresarial Madrid
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