CALENDARIO FIESTAS LOCALES 2023 modif – BOCM 03-01-2023

CALENDARIO FIESTAS LOCALES 2023 modif – BOCM 03-01-2023

RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se modifica parcialmente la Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se declaran las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2023. (BOCM 03-01-2023)

El BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 21 de diciembre de 2022, publicó la Resolución de la Dirección General de Trabajo de 12 de diciembre de 2022, por la que se declaraban las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2023.

Con posterioridad a dicha publicación, algunos Ayuntamientos han aportado a esta Dirección General de Trabajo certificados de la aprobación de días que se declaran como fiestas laborales en el ámbito local para el año 2023.

Por tanto, vista la documentación aportada al efecto por los Ayuntamientos y en ejecución de las competencias atribuidas por el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, y por el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General de Trabajo

DISPONE

Primero

Modificar la Resolución de la Dirección General de Trabajo de 12 de diciembre de 2022, por la que se declaran las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2023 y establecer para los municipios que se relacionan las siguientes fiestas laborales:

— Aldea del Fresno: 17 de enero y 29 de junio.

— Orusco de Tajuña: 11 de septiembre y 27 de diciembre.

En Madrid, a 22 de diciembre de 2022.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Grupo Coca Asesores-Abogados es una asesoría ubicada en Madrid que atiende a clientes tanto en España como en el Extranjero. Solicite su presupuesto sin compromiso.

Dado que las noticias publicadas se pueden visualizar independientemente de su vigencia, todo ello con el fin de poder revisar la información de interés de cualquier año que estuvieran en vigor, les informamos que el contenido de las noticias que visualice pudiera estar derogado, carecer de vigencia y de validez actualmente, con mayor probabilidad en el caso que este leyendo una noticia cuya fecha de publicación, que figura en la parte superior izquierda de la noticia, sea antigua.

© COCA ASESORES- RAMIREZ DE COCA Y ASOCIADOS,S.L. no se hace responsable de las pérdidas ocasionadas a las personas naturales o jurídicas que actúen o dejen de actuar como resultado de alguna información contenida en esta circular.

Compartir