Autónomos 2017, cambio base o cuota mayores de 47 años

Autónomos 2017, cambio base o cuota mayores de 47 años

Les comunicamos que, antes del 1 de mayo, tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según edad.

Si están interesados en modificarla (con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal), les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.

Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes en 2017):

 

Base de cotización

€/mes

Tipo de Cotización

contigencias comunes

cobertura IT

Cuota a pagar

€/mes

893,10

– mínima 2017 – se mantiene la del año 2016

29,90 % * 267,03
963,30

mínima para trabajadores de 48  o más a 01-01-2017,

salvo excepciones

29,90 % 288,02
1.000 29,90 % 299
1.202 29,90 % 359,40
1.964,70

máxima para trabajadores de 47, 48 años o más,

salvo excepciones

 

29,90 % 587,44
3.751,20

– máxima en 2017 –

29,90 % 1.121,61

 

 * 29,90 % = 29,80 % + 0,1 % (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad)

Asimismo, les informamos que los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2017, tengan 47 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a 1.964,70 € mensuales no podrán elegir una base superior a 1.964,70 €, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2017.

Si se encuentra en este supuesto y desea cambiar la situación, rogamos nos lo indique con la suficiente antelación.

Todas estas modificaciones tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2017.

 

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

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